III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Patrimonio Nacional. Precios públicos. (BOE-A-2023-21556)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Gerencia del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración, por el que se regulan los precios públicos del Patrimonio Nacional para el acceso y visita públicos de bienes que lo integran y la prestación de servicios por parte del organismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250

Jueves 19 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 139028

posibilidad de cesiones a terceros. El Patrimonio Nacional garantizará el respeto de los
derechos morales de los autores.
– En el caso de fotografías o audiovisuales realizados por investigadores en el
transcurso de su visita a nuestras instalaciones para estudiar bienes culturales, tanto
muebles como inmuebles, estos investigadores tendrán que comunicar de qué fondos o
espacios obtienen reproducciones, así como informar de cualquier uso posterior que
quieran hacer de las mismas.
– En el caso de fondos de la red de Archivos y Bibliotecas del Patrimonio Nacional
que no estén previamente digitalizados, se permitirá la realización de hasta 25
fotografías con dispositivos móviles, sin flash.
Sección 2.ª

Préstamo de bienes culturales

Costes de préstamos

Nacionales Internacionales


Euros
Euros

Precio fijo por exposición.

800,00

1.200,00

Itinerancia (suplemento por cada sede adicional, distinta de la inicial)
y/o prórroga.

200,00

400,00

Precio por cada bien cultural prestado.

150,00

300,00

– Estarán exentas del pago aquellas exposiciones organizadas por archivos,
bibliotecas o museos cuyo titular sea la Administración General del Estado.
– Se faculta a la Comisión de Préstamos del Patrimonio Nacional para eximir del
pago total o parcial los préstamos para aquellas exposiciones que tengan una especial
relevancia cultural o que estén organizadas por instituciones con las que este Organismo
tenga una vinculación especial.
Sección 3.ª Servicios de restauración de bienes culturales
– El Patrimonio Nacional decidirá si es necesario proceder a la restauración previa
de los bienes culturales asociados a la petición recibida. En caso afirmativo, se
comunicará esta circunstancia al solicitante.
– Si la restauración se realiza con medios propios del Patrimonio Nacional, se podrá
repercutir sobre el solicitante los gastos generados por esta actuación, para lo que se
presentará un presupuesto previo.
– En caso de restauraciones realizadas con medios ajenos, el Patrimonio Nacional
deberá dar su consentimiento previo y expreso, corriendo igualmente por cuenta del
solicitante todos los gastos que se generen.
ANEXO IV
Servicios especiales sujetos a presupuesto previo y/o a condiciones especiales
Tipo de Actividad

Actividades para familias.
1.1.1

Talleres.

Grupos familiares de 4 o más miembros.

20 euros grupo.

Grupos familiares de 3 miembros.

16 euros grupo.

Grupos familiares de 2 miembros.

12 euros grupo.

cve: BOE-A-2023-21556
Verificable en https://www.boe.es

1.

Euros (IVA incluido)