I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Seguridad Social. Contabilidad. (BOE-A-2023-21527)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 1 de julio de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a las entidades que integran el sistema de la Seguridad Social.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 138917
de las contingencias profesionales, una vez dotada la Reserva de Estabilización
de Contingencias Profesionales.»
5. Se modifica la definición y relaciones contables de la cuenta 557, «Reintegro de
prestaciones pendientes de aplicación» que serán las siguientes:
«557.
Reintegro de prestaciones pendientes de aplicación.
Recoge los cobros de las liquidaciones por reintegro de pagos de prestaciones
del sistema de la Seguridad Social pendientes de aplicación.
Su movimiento es el siguiente:
a)
Se abonará:
a.1) Por los cobros realizados, con cargo a la subcuenta 5529,
“Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”.
a.2) En negativo, con cargo a la subcuenta 5529, “Formalización de ingresos
por cuenta de relaciones internas”, por las cantidades que se formalicen como
reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente.
Su saldo, acreedor, representará el importe de las cantidades pendientes de
aplicar al presupuesto de gastos.»
Disposición transitoria única. Adecuación de saldos.
Por la Tesorería General de la Seguridad Social se procederá, con cargo a la
cuenta 120, «Resultados de ejercicios anteriores», a la adecuación del saldo entrante
en 2023 de la cuenta 116, «Fondo de Reserva de la Seguridad Social» a la situación
patrimonial de dicho fondo a fin del ejercicio 2022.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y
siguientes.
cve: BOE-A-2023-21527
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de octubre de 2023.–El Interventor General de la Administración del
Estado, Pablo Arellano Pardo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 250
Jueves 19 de octubre de 2023
Sec. I. Pág. 138917
de las contingencias profesionales, una vez dotada la Reserva de Estabilización
de Contingencias Profesionales.»
5. Se modifica la definición y relaciones contables de la cuenta 557, «Reintegro de
prestaciones pendientes de aplicación» que serán las siguientes:
«557.
Reintegro de prestaciones pendientes de aplicación.
Recoge los cobros de las liquidaciones por reintegro de pagos de prestaciones
del sistema de la Seguridad Social pendientes de aplicación.
Su movimiento es el siguiente:
a)
Se abonará:
a.1) Por los cobros realizados, con cargo a la subcuenta 5529,
“Formalización de ingresos por cuenta de relaciones internas”.
a.2) En negativo, con cargo a la subcuenta 5529, “Formalización de ingresos
por cuenta de relaciones internas”, por las cantidades que se formalicen como
reintegros del presupuesto de gastos del ejercicio corriente.
Su saldo, acreedor, representará el importe de las cantidades pendientes de
aplicar al presupuesto de gastos.»
Disposición transitoria única. Adecuación de saldos.
Por la Tesorería General de la Seguridad Social se procederá, con cargo a la
cuenta 120, «Resultados de ejercicios anteriores», a la adecuación del saldo entrante
en 2023 de la cuenta 116, «Fondo de Reserva de la Seguridad Social» a la situación
patrimonial de dicho fondo a fin del ejercicio 2022.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», siendo aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2023 y
siguientes.
cve: BOE-A-2023-21527
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 11 de octubre de 2023.–El Interventor General de la Administración del
Estado, Pablo Arellano Pardo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X