III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-21508)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión a la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la gestión y seguimiento del Acuerdo de Contribución a la Alianza por las Vacunas, en lo que resta del periodo 2006-2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 249
Miércoles 18 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138853
V
En 2022, con motivo de la reforma del sistema de la Cooperación Española, la
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional comunicó que, con el objetivo de dar
coherencia a la gestión de los fondos multilaterales, DGPOLDES realizará la contribución
al Fondo ODS de NNUU, que actúa como elemento vertebrador y transversal de las
actividades de NNUU en el ODS 17, mientras que la gestión de los fondos relativos al
resto de ODS, como es el caso de Gavi Alliance, será transferida a la AECID.
VI
De este modo la Agencia Española de Cooperación Internacional se hará cargo de
los pagos anuales que restan del acuerdo 2006-2025, correspondientes a los años 2023,
2024 y 2025, por valor de 9.475.000 euros cada uno.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La Dirección de Políticas de Cooperación al Desarrollo Sostenible (DGPOLDES), y la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), acuerdan,
en el en el marco de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, por razones de eficacia, que AECID pase a realizar
los pagos anuales de 2023, 2024 y 2025 a la Gavi Alliance en cumplimiento del Acuerdo
del 28 de septiembre de 2006 firmado por España con esta entidad.
El objeto de la presente encomienda se ejecutará sin perjuicio del cumplimiento de
los respectivos fines que tienen encomendadas las partes firmantes y de la colaboración
que pueda tener lugar entre la Dirección de Políticas de Cooperación al Desarrollo
Sostenible (DGPOLDES), y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo (AECID), conforme al ordenamiento jurídico, en especial, en aplicación de la
ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global.
Segunda.
Ejercicio de las tareas encomendadas.
La gestión material que se encomienda a la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) se concretará en las siguientes actuaciones con
el alcance que en cada caso se señala:
1.º La realización de 3 pagos a Gavi Alliance en los años, 2023, 2024 y 2025, por
valor de 9.475.000 euros cada uno.
2.º El seguimiento a las actuaciones derivadas del Acuerdo de Contribución.
3.º Participación en los órganos de gobierno de GAVI que corresponda.
Tercera.
Base jurídica.
Cuarta.
Titularidad.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la encomienda de gestión no supone la
cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su
ejercicio, atribuidas a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.
cve: BOE-A-2023-21508
Verificable en https://www.boe.es
La presente encomienda se rige por el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y por el contenido de la propia encomienda.
Núm. 249
Miércoles 18 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138853
V
En 2022, con motivo de la reforma del sistema de la Cooperación Española, la
Secretaría de Estado de Cooperación Internacional comunicó que, con el objetivo de dar
coherencia a la gestión de los fondos multilaterales, DGPOLDES realizará la contribución
al Fondo ODS de NNUU, que actúa como elemento vertebrador y transversal de las
actividades de NNUU en el ODS 17, mientras que la gestión de los fondos relativos al
resto de ODS, como es el caso de Gavi Alliance, será transferida a la AECID.
VI
De este modo la Agencia Española de Cooperación Internacional se hará cargo de
los pagos anuales que restan del acuerdo 2006-2025, correspondientes a los años 2023,
2024 y 2025, por valor de 9.475.000 euros cada uno.
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
La Dirección de Políticas de Cooperación al Desarrollo Sostenible (DGPOLDES), y la
Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), acuerdan,
en el en el marco de lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, por razones de eficacia, que AECID pase a realizar
los pagos anuales de 2023, 2024 y 2025 a la Gavi Alliance en cumplimiento del Acuerdo
del 28 de septiembre de 2006 firmado por España con esta entidad.
El objeto de la presente encomienda se ejecutará sin perjuicio del cumplimiento de
los respectivos fines que tienen encomendadas las partes firmantes y de la colaboración
que pueda tener lugar entre la Dirección de Políticas de Cooperación al Desarrollo
Sostenible (DGPOLDES), y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el
Desarrollo (AECID), conforme al ordenamiento jurídico, en especial, en aplicación de la
ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo Sostenible y la
Solidaridad Global.
Segunda.
Ejercicio de las tareas encomendadas.
La gestión material que se encomienda a la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID) se concretará en las siguientes actuaciones con
el alcance que en cada caso se señala:
1.º La realización de 3 pagos a Gavi Alliance en los años, 2023, 2024 y 2025, por
valor de 9.475.000 euros cada uno.
2.º El seguimiento a las actuaciones derivadas del Acuerdo de Contribución.
3.º Participación en los órganos de gobierno de GAVI que corresponda.
Tercera.
Base jurídica.
Cuarta.
Titularidad.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la encomienda de gestión no supone la
cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su
ejercicio, atribuidas a la Dirección General de Políticas de Desarrollo Sostenible.
cve: BOE-A-2023-21508
Verificable en https://www.boe.es
La presente encomienda se rige por el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, y por el contenido de la propia encomienda.