III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-21459)
Resolución de 9 de octubre de 2023, del Centro Español de Metrología, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Canal de Isabel II, SA, M.P., por el que se nombra laboratorio colaborador del Centro Español de Metrología a Canal de Isabel II, SA, M.P., y se detallan los derechos y obligaciones que ambas partes adquieren.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Martes 17 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138690
su vigencia hasta el 7 de noviembre de 2027, de conformidad con lo establecido en la
Cláusula octava del mismo.
Esta adenda de prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará
eficaz una vez inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
Segundo.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo
establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
cve: BOE-A-2023-21459
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en Tres Cantos y Madrid y en
las fechas de las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del
presente documento la fecha del último firmante.–Por el Centro Español de Metrología,
el Director, José Ángel Robles Carbonell.–Por Canal de Isabel II, su Consejero
Delegado, Mariano González Sáez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 248
Martes 17 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138690
su vigencia hasta el 7 de noviembre de 2027, de conformidad con lo establecido en la
Cláusula octava del mismo.
Esta adenda de prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará
eficaz una vez inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado».
Segundo.
En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo
establecido en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
cve: BOE-A-2023-21459
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en Tres Cantos y Madrid y en
las fechas de las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del
presente documento la fecha del último firmante.–Por el Centro Español de Metrología,
el Director, José Ángel Robles Carbonell.–Por Canal de Isabel II, su Consejero
Delegado, Mariano González Sáez.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X