III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-21459)
Resolución de 9 de octubre de 2023, del Centro Español de Metrología, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Canal de Isabel II, SA, M.P., por el que se nombra laboratorio colaborador del Centro Español de Metrología a Canal de Isabel II, SA, M.P., y se detallan los derechos y obligaciones que ambas partes adquieren.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248

Martes 17 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138689

Ambos representantes, reconociéndose mutuamente capacidad suficiente, suscriben
en nombre de las respectivas entidades el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que, con fecha 3 de octubre de 2019, se firmó el «Convenio entre el Centro Español
de Metrología y la empresa Canal de Isabel II, SA, por el que se nombra laboratorio
colaborador del Centro Español de Metrología a la empresa Canal de Isabel II, SA, y se
detallan los derechos y obligaciones que ambas partes adquieren».
El citado Convenio fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal con fecha 27 de octubre de 2019
y objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 7 de noviembre
de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Segundo.
Que la Cláusula octava del Convenio establece, en cuanto a su vigencia y
renovación, lo siguiente:
«El presente convenio surtirá efectos una vez cumplidas las formalidades previstas
en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y producirá sus efectos por
espacio de cuatro años. La eventual prórroga del convenio, cuya duración máxima no
podrá exceder de otros cuatro años adicionales, se adoptará por acuerdo unánime de las
partes. No obstante lo anterior, durante el plazo de vigencia del convenio, o de su
prórroga, cualquiera de las partes podrá denunciarlo en cualquier momento.»
Tercero.
Que, de conformidad con lo anteriormente referido, y en virtud de lo previsto en el
artículo 48.8 de la precitada Ley 40/2015, en la redacción vigente en el momento de su
firma, el Convenio tiene efectos hasta el 7 de noviembre de 2023.
Cuarto.
Que, estando próxima la finalización de la vigencia del Convenio, ambas Partes han
convenido la oportunidad y pertinencia de prorrogar su vigencia y, de este modo,
continuar colaborando en dicho ámbito, con la finalidad de aunar tecnologías,
conocimientos, experiencias, esfuerzos y capacidades, lo que redundará, en última
instancia, en una mejora de la infraestructura metrológica nacional y con ello en una
mejora de la capacidad técnica de innovación, la promoción del crecimiento económico y
progreso social, el acercamiento de la alta tecnología a la industria y la mejora de su
competitividad.

ACUERDAN
Primero.
Prorrogar la vigencia del «Convenio entre el Centro Español de Metrología y la
empresa Canal de Isabel II, SA, por el que se nombra laboratorio colaborador del Centro
Español de Metrología a la empresa Canal de Isabel II, SA, y se detallan los derechos y
obligaciones que ambas partes adquieren», por un periodo de cuatro años, subsistiendo

cve: BOE-A-2023-21459
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En virtud de lo anterior, ambas Partes