III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2023-21458)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Montcada i Reixac, para la redacción del "Proyecto constructivo de prolongación de andenes, remodelación del edificio de viajeros y construcción de un nuevo paso inferior compartido y segregado para los viajeros y de ciudad de la estación de Montcada Ripollet" y la posterior ejecución de las obras. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138683

Tercera. Financiación de las actuaciones.
ADIF, provisionará y aportará los recursos económicos necesarios para la realización
y ejecución del «Proyecto constructivo de prolongación de andenes, remodelación del
edificio de viajeros y construcción de un nuevo paso inferior compartido y segregado
para los viajeros y de ciudad de la estación de Montcada Ripollet», hasta un máximo
de 4.998.365 euros (IVA no incluido) que incluirán los honorarios de la redacción del
proyecto y su supervisión, la ejecución de las obras licitadas, la seguridad y salud y los
gastos de asistencia técnica para la dirección de las mismas.
El coste estimado final vendrá afectado, en su caso, por las bajas de adjudicación,
asistencias técnicas complementarias, las revisiones de precios, modificados y, en
general, por las incidencias que puedan producirse en el desarrollo de los contratos. El
incremento en esta estimación será objeto de suscripción de la correspondiente adenda
modificativa.
Antes de proceder a la licitación de las obras por parte de ADIF, las Administraciones
firmantes deberán aportar los documentos contables que avalen su participación
financiera (en la terminología de las Administraciones: documento contable RC, de
Retención de Crédito, antes de la licitación, y documento AD, de Autorizado y Dispuesto,
antes de la adjudicación).
Organismo

Total (IVA excluido)

Euros

ADIF

4.998.365

El plazo vigente de la ejecución de las obras es de doce meses.
ADIF financiará con cargo a sus presupuestos y a las ayudas procedentes del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Union EuropeaNextGenerationEU el importe de 4.998.365 euros (IVA excluido), de los que se estima
en 90,38 % la parte financiable con cargo a las ayudas del PRTR, con el encaje en la
mencionada línea de inversión C1.I3.
ADIF se compromete a priorizar las actuaciones necesarias para que todos los contratos
asociados al desarrollo de la actuación objeto del Convenio cumplan los requisitos
establecidos en la normativa que resulte de aplicación en el marco de Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU para poder
recibir la ayuda prevista.
En el supuesto que no sea posible la financiación prevista procedente del PRTR,
derivada de la imposibilidad de alcanzar los hitos económicos y físicos necesarios para
justificar su financiación, y que no sea posible obtener financiación de otras ayudas
europeas serán financiados directamente por ADIF. Conforme al artículo 37 del Real
Decreto-ley 36/2020, en caso de que la financiación procedente del Plan no fuera
posible, ADIF procederá al reintegro de los fondos recibidos.
Dado que, de acuerdo con lo establecido en el presente convenio, ADIF se obliga a
licitar el contrato de obras, así como los contratos de servicios necesarios como
asistencias técnicas para, entre otros, el control, vigilancia y coordinación de seguridad y
salud de las obras, deberá recoger en los pliegos de dichos contratos, a efectos de
auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la
ejecución de proyectos de inversión en el marco del PRTR, en un formato electrónica
que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías
armonizadas de datos siguientes:
i. el nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los
fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional
en materia de contratación pública;

cve: BOE-A-2023-21458
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 248