III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-21462)
Resolución de 11 de octubre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., para la organización del encuentro "Juventud y Talento: construyendo junto/as futuro en el territorio", en el marco de la programación académica de los cursos de verano de la UIMP para 2023, con la asistencia de participantes en Programa Campus Rural.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248
Martes 17 de octubre de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 138706
Colaboración referida a los aspectos académicos.
1. Ambas partes colaborarán para la identificación de la propuesta previa de la
actividad y su ámbito temático; así como en el seguimiento y control de las actuaciones a
desarrollar. La formulación del encuentro se adaptará a las normas sobre estructura y
organización de cursos vigentes en la UIMP, así como a las pautas sobre contenidos
marcadas por ambas partes, y según se recoge en la descripción, objetivos y contenido
del encuentro, en el anexo I.
2. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(MITERD) la propuesta de designación de los responsables de la dirección del
encuentro, Director y Co-Director, que requerirá la conformidad y el posterior
nombramiento por parte del órgano competente de la UIMP.
3. El programa del encuentro será formulado a propuesta del MITERD y deberá
contar con la conformidad de ambas partes y ser aprobado por el órgano competente de
la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a
contenidos o ponentes, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán
ser aprobadas por ambas instituciones a través de sus responsables de seguimiento del
convenio.
4. La UIMP avalará académicamente el contenido del encuentro mediante la
emisión de los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos
mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así
como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se
responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.
5. Corresponderá igualmente a la UIMP la adopción de la normativa relativa a
criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Colaboración en la organización, gestión y celebración del encuentro.
1. Ambas partes colaborarán para la organización, gestión y celebración del
encuentro objeto de este convenio. Las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos, de acuerdo con lo establecido en esta cláusula.
2. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la
dirección e impulso de la actividad, y en particular:
a) La formulación de propuesta de contenido del encuentro, en el marco de sus
prioridades y líneas de actuación establecidas en la materia.
b) La propuesta de designación de los órganos de dirección del encuentro.
c) La participación financiera en el coste de la actividad, de acuerdo con lo
establecido en la cláusula cuarta.
d) El contacto con los participantes del programa Campus Rural de 2021-2022
y 2022-2023, por riguroso orden de puntuación a partir de su manifestación de interés
para informales de la posibilidad de asistir al encuentro y determinar la relación definitiva
de participantes en el mismo, comunicándolo a la UIMP.
a) Las actividades necesarias para el desempeño de las funciones propias de
dirección, secretariado y relación con los conferenciantes, incluyendo las referentes a
honorarios, alojamiento y manutención y gastos y gestión de viajes.
b) Las actividades referidas a la publicidad de la celebración del curso, dentro del
plan general de publicidad de la UIMP.
c) El diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional.
cve: BOE-A-2023-21462
Verificable en https://www.boe.es
3. Corresponde a la UIMP la organización y desarrollo del contenido docente de las
actividades que se desarrollen, en el marco de lo que establezca su normativa sobre
tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable en su condición de
organismo público universitario, y en particular:
Núm. 248
Martes 17 de octubre de 2023
Segunda.
Sec. III. Pág. 138706
Colaboración referida a los aspectos académicos.
1. Ambas partes colaborarán para la identificación de la propuesta previa de la
actividad y su ámbito temático; así como en el seguimiento y control de las actuaciones a
desarrollar. La formulación del encuentro se adaptará a las normas sobre estructura y
organización de cursos vigentes en la UIMP, así como a las pautas sobre contenidos
marcadas por ambas partes, y según se recoge en la descripción, objetivos y contenido
del encuentro, en el anexo I.
2. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(MITERD) la propuesta de designación de los responsables de la dirección del
encuentro, Director y Co-Director, que requerirá la conformidad y el posterior
nombramiento por parte del órgano competente de la UIMP.
3. El programa del encuentro será formulado a propuesta del MITERD y deberá
contar con la conformidad de ambas partes y ser aprobado por el órgano competente de
la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea imprescindible efectuar en cuanto a
contenidos o ponentes, por causa de imprevistos o por motivos de otra índole, deberán
ser aprobadas por ambas instituciones a través de sus responsables de seguimiento del
convenio.
4. La UIMP avalará académicamente el contenido del encuentro mediante la
emisión de los correspondientes diplomas a los participantes que cumplan los requisitos
mínimos de asistencia y aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así
como las certificaciones académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se
responsabilizará del control de asistencia de los alumnos.
5. Corresponderá igualmente a la UIMP la adopción de la normativa relativa a
criterios de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera. Colaboración en la organización, gestión y celebración del encuentro.
1. Ambas partes colaborarán para la organización, gestión y celebración del
encuentro objeto de este convenio. Las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos, de acuerdo con lo establecido en esta cláusula.
2. Corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico la
dirección e impulso de la actividad, y en particular:
a) La formulación de propuesta de contenido del encuentro, en el marco de sus
prioridades y líneas de actuación establecidas en la materia.
b) La propuesta de designación de los órganos de dirección del encuentro.
c) La participación financiera en el coste de la actividad, de acuerdo con lo
establecido en la cláusula cuarta.
d) El contacto con los participantes del programa Campus Rural de 2021-2022
y 2022-2023, por riguroso orden de puntuación a partir de su manifestación de interés
para informales de la posibilidad de asistir al encuentro y determinar la relación definitiva
de participantes en el mismo, comunicándolo a la UIMP.
a) Las actividades necesarias para el desempeño de las funciones propias de
dirección, secretariado y relación con los conferenciantes, incluyendo las referentes a
honorarios, alojamiento y manutención y gastos y gestión de viajes.
b) Las actividades referidas a la publicidad de la celebración del curso, dentro del
plan general de publicidad de la UIMP.
c) El diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional.
cve: BOE-A-2023-21462
Verificable en https://www.boe.es
3. Corresponde a la UIMP la organización y desarrollo del contenido docente de las
actividades que se desarrollen, en el marco de lo que establezca su normativa sobre
tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable en su condición de
organismo público universitario, y en particular: