III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2023-21400)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se convocan los Premios Nacionales de Discapacidad Reina Letizia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138366
3.2 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de accesibilidad y diseño
universal en municipios. Podrán presentarse ayuntamientos del Estado Español.
3.3 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de inclusión laboral. Podrán ser
candidatas las empresas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener su sede social en España, o representación en el territorio español,
independientemente del sector económico o social en el que operen.
b) Acreditar el cumplimiento la cuota de reserva del dos por ciento de personas con
discapacidad recogida en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. No se valorarán aquellas empresas que
cumplen dicha cuota a través del uso de las medidas alternativas.
c) No estar calificada como Centro Especial de Empleo ni la entidad candidata ni
ninguno de sus entidades vinculadas.
3.4 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de cultura inclusiva. Podrán ser
presentadas como candidatas las personas físicas o jurídicas que tengan nacionalidad
española, tanto de forma individual como conjunta o con trabajos de equipo. Las
candidaturas deberán ser presentadas por entidades o instituciones que trabajen en el
ámbito de la discapacidad o la cultura y que tengan su domicilio social en España.
3.5 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de deporte inclusivo. Podrán
presentar candidatura todas aquellas personas físicas de nacionalidad española o con
residencia legal en España y las personas jurídicas que tengan su sede social en
España y que tengan como objeto el desarrollo del deporte inclusivo.
3.6 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de derechos humanos. Podrán
ser presentadas como candidatas tanto personas físicas como personas jurídicas,
independientemente de su nacionalidad o ubicación de sede social. Las candidaturas
deberán ser presentadas por entidades o instituciones que trabajen en el ámbito de la
discapacidad, de los derechos humanos, de las ciencias sociales o jurídicas o de las
humanidades.
3.7 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de educación inclusiva. Podrán
ser presentadas como candidatas personas o centros educativos integrados y
acreditados en el sistema educativo español que den formación reglada aprobada por las
leyes educativas del estado vigentes.
3.8 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de igualdad de género y
erradicación de las violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad. Podrán
presentar candidatura todas aquellas personas físicas de nacionalidad española o con
residencia legal en España y las personas jurídicas que tengan su sede social en
España y cuya labor esté relacionada con la igualdad de género y erradicación de las
violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad.
Contenido de los premios.
1. Por cada categoría se concederá un único premio, o con carácter excepcional,
este podrá ser compartido, que consistirá en la entrega de un diploma conmemorativo y
una placa o figura, símbolo distintivo y acreditativo del galardón concedido.
2. Podrán otorgarse, en el número que determine el Jurado, menciones especiales
del premio a las candidaturas mejor valoradas tras la ganadora, mediante diploma.
3. Asimismo, el Jurado podrá proponer y otorgar, siempre y cuando se vote por
unanimidad, una única mención especial a proyectos o personas que sin haber
concurrido a la convocatoria sean merecedores de este reconocimiento, mediante un
diploma.
4. Asimismo podrán entregarse títulos como participantes a todas las demás
candidaturas que hayan sido objeto de valoración por parte del Jurado. Dichos títulos se
documentarán mediante diplomas.
cve: BOE-A-2023-21400
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4.
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 138366
3.2 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de accesibilidad y diseño
universal en municipios. Podrán presentarse ayuntamientos del Estado Español.
3.3 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de inclusión laboral. Podrán ser
candidatas las empresas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:
a) Tener su sede social en España, o representación en el territorio español,
independientemente del sector económico o social en el que operen.
b) Acreditar el cumplimiento la cuota de reserva del dos por ciento de personas con
discapacidad recogida en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. No se valorarán aquellas empresas que
cumplen dicha cuota a través del uso de las medidas alternativas.
c) No estar calificada como Centro Especial de Empleo ni la entidad candidata ni
ninguno de sus entidades vinculadas.
3.4 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de cultura inclusiva. Podrán ser
presentadas como candidatas las personas físicas o jurídicas que tengan nacionalidad
española, tanto de forma individual como conjunta o con trabajos de equipo. Las
candidaturas deberán ser presentadas por entidades o instituciones que trabajen en el
ámbito de la discapacidad o la cultura y que tengan su domicilio social en España.
3.5 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de deporte inclusivo. Podrán
presentar candidatura todas aquellas personas físicas de nacionalidad española o con
residencia legal en España y las personas jurídicas que tengan su sede social en
España y que tengan como objeto el desarrollo del deporte inclusivo.
3.6 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de derechos humanos. Podrán
ser presentadas como candidatas tanto personas físicas como personas jurídicas,
independientemente de su nacionalidad o ubicación de sede social. Las candidaturas
deberán ser presentadas por entidades o instituciones que trabajen en el ámbito de la
discapacidad, de los derechos humanos, de las ciencias sociales o jurídicas o de las
humanidades.
3.7 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de educación inclusiva. Podrán
ser presentadas como candidatas personas o centros educativos integrados y
acreditados en el sistema educativo español que den formación reglada aprobada por las
leyes educativas del estado vigentes.
3.8 Premio Nacional de Discapacidad Reina Letizia de igualdad de género y
erradicación de las violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad. Podrán
presentar candidatura todas aquellas personas físicas de nacionalidad española o con
residencia legal en España y las personas jurídicas que tengan su sede social en
España y cuya labor esté relacionada con la igualdad de género y erradicación de las
violencias contra las mujeres y niñas con discapacidad.
Contenido de los premios.
1. Por cada categoría se concederá un único premio, o con carácter excepcional,
este podrá ser compartido, que consistirá en la entrega de un diploma conmemorativo y
una placa o figura, símbolo distintivo y acreditativo del galardón concedido.
2. Podrán otorgarse, en el número que determine el Jurado, menciones especiales
del premio a las candidaturas mejor valoradas tras la ganadora, mediante diploma.
3. Asimismo, el Jurado podrá proponer y otorgar, siempre y cuando se vote por
unanimidad, una única mención especial a proyectos o personas que sin haber
concurrido a la convocatoria sean merecedores de este reconocimiento, mediante un
diploma.
4. Asimismo podrán entregarse títulos como participantes a todas las demás
candidaturas que hayan sido objeto de valoración por parte del Jurado. Dichos títulos se
documentarán mediante diplomas.
cve: BOE-A-2023-21400
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4.