III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-21399)
Resolución de 20 de septiembre de 2023, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica la Encomienda de gestión a la Subsecretaría del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, para la realización de actuaciones materiales relativas a la gestión económico-presupuestaria, contratación, personal e informática durante 2023 y 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247

Lunes 16 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 138360

e) Colaborar en dar de alta y de baja en el inventario del Real Patronato sobre
Discapacidad las nuevas adquisiciones que realice por Capítulo 6, inversiones, desde la
entrada en vigor de la Encomienda.
f) La tramitación de los expedientes de adquisición de equipos informáticos y
equipos multimedia.
g) La asistencia técnica informática incluyendo cualquier actuación necesaria para
el perfecto funcionamiento de los equipos, tanto servidores como equipos de sobremesa
y portátiles, de acuerdo con la participación que en su caso tenga el Real Patronato en
los correspondientes contratos.
h) La gestión de las obras, así como la planificación y seguimiento de la ejecución
de los contratos relativos a esta materia.
i) La gestión del Sistema interno de información y los recursos destinados a las
investigaciones y tramitaciones de las comunicaciones que se presenten en el Canal
Interno de Información del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que será
compartido con el Real Patronato sobre Discapacidad, conforme a lo dispuesto en el
artículo 14.2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las
personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Tercero.

Comisión de Seguimiento.

Se constituirá una Comisión de Seguimiento con objeto de dirigir, coordinar y
comprobar la correcta ejecución del presente Acuerdo de encomienda de gestión, así
como de resolver las incidencias y dudas de interpretación que puedan surgir.
La Comisión de Seguimiento estará constituida por dos personas representantes del
Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, designadas por la persona titular de la
Subsecretaría, y dos personas en representación del Real Patronato sobre
Discapacidad, designadas por la persona titular de la Secretaría General.
La Comisión de Seguimiento será presidida por una de las personas designadas por
el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al año.
Con independencia de ello, se reconoce a ambas partes la facultad de instar la
convocatoria extraordinaria de una reunión de la Comisión de Seguimiento.
Protección de datos.

1. El régimen de protección de datos de carácter personal derivado del presente
Acuerdo de encomienda de gestión será el previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de Protección de Datos, RGPD); en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD), y
en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, en lo que no se oponga a las normas
antes citadas.
2. El Real Patronato sobre Discapacidad tendrá la condición de «Responsable del
tratamiento» y la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030 la condición de
«Encargado del tratamiento».
3. La base jurídica de los tratamientos de datos personales que se realicen como
consecuencia de las actividades previstas en este Acuerdo de encomienda de gestión
habrán de ser algunas de las siguientes:
a) El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable al responsable del tratamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 letra c)
del RGPD.

cve: BOE-A-2023-21399
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.