II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2023-21314)
Orden JUS/1123/2023, de 20 de septiembre, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de Península y Baleares, que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 137847
Las personas aspirantes, previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción,
deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la
plataforma Cl@ve:
–
–
–
–
DNI electrónico.
Certificado digital.
Cl@ve Pin 24 h.
Cl@ve permanente.
B)
Presentación de las solicitudes.
El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Todas las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares,
grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el
Manual del Asistente de Inscripción y en estas bases.
Las solicitudes de destino de las personas aspirantes del ámbito territorial de
Península y Baleares se presentarán en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el
«Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en la Base 8.1.a) de la convocatoria
del proceso selectivo, mencionada anteriormente.
B.1) Solicitud de plazas.
– No se admitirá ninguna solicitud de plazas en formato papel.
– Se confeccionará un Manual del Asistente de Inscripción que se colgará en la
página web del Ministerio de Justicia, el cual les guiará en la confección de la solicitud de
plazas.
– El uso del Asistente de Inscripción, además de servir de herramienta para
confeccionar la solicitud, es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez
grabada y confirmada la solicitud en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya
estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro
del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a
través del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas solicitudes
como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez la última solicitud
presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera solicitud, cada nueva
acción realizada (Nueva solicitud grabada y confirmada), anulará la acción realizada
anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción, y, en ese caso, se seguirá el
proceso que se establece en el apartado B.2
Forma de pedir los destinos.
– Cada aspirante tiene asignado un número de opositor en el proceso selectivo,
dentro del ámbito territorial para el que se presentó, en función de la puntuación total
obtenida en dicho proceso. Ese número de opositor saldrá reflejado en la pantalla del
Asistente de Inscripción.
– Se deberán solicitar, como mínimo, tantas plazas como número de opositor tenga,
es decir, si, por ejemplo, el número de opositor es el 21, se deben pedir 21 plazas como
mínimo, o más, si se han ofertado y se desean solicitar, hasta llegar al número máximo
de plazas ofertadas, teniendo en cuenta que se entiende por plazas el número que
aparecerá en el Asistente de Inscripción en la columna denominada «N.º de plazas» (Se
recomienda solicitar más plazas de las mínimas necesarias).
cve: BOE-A-2023-21314
Verificable en https://www.boe.es
B.2)
Núm. 247
Lunes 16 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 137847
Las personas aspirantes, previamente a la entrada en el Asistente de Inscripción,
deberán identificarse electrónicamente por alguno de los sistemas que ofrece la
plataforma Cl@ve:
–
–
–
–
DNI electrónico.
Certificado digital.
Cl@ve Pin 24 h.
Cl@ve permanente.
B)
Presentación de las solicitudes.
El presente sistema de presentación se basa en los artículos 10.1, 10.2.c) y 36.1 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Todas las personas aspirantes del ámbito territorial de Península y Baleares,
grabarán y presentarán las solicitudes de acuerdo con las instrucciones descritas en el
Manual del Asistente de Inscripción y en estas bases.
Las solicitudes de destino de las personas aspirantes del ámbito territorial de
Península y Baleares se presentarán en el plazo de diez días hábiles contados a partir
del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el
«Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en la Base 8.1.a) de la convocatoria
del proceso selectivo, mencionada anteriormente.
B.1) Solicitud de plazas.
– No se admitirá ninguna solicitud de plazas en formato papel.
– Se confeccionará un Manual del Asistente de Inscripción que se colgará en la
página web del Ministerio de Justicia, el cual les guiará en la confección de la solicitud de
plazas.
– El uso del Asistente de Inscripción, además de servir de herramienta para
confeccionar la solicitud, es un proceso de inscripción completo, es decir, que una vez
grabada y confirmada la solicitud en dicho Asistente, dentro del plazo establecido, ya
estará presentada en el Departamento correspondiente del Ministerio de Justicia.
– Si alguno de los solicitantes quisiera modificar una solicitud ya confirmada, dentro
del plazo de presentación de solicitudes, podrá volver a generar y confirmar una nueva a
través del Asistente de Inscripción.
– Dentro del período de inscripción, se pueden generar y confirmar tantas solicitudes
como se desee, teniendo en cuenta que sólo tendrá validez la última solicitud
presentada, es decir, que una vez grabada y confirmada la primera solicitud, cada nueva
acción realizada (Nueva solicitud grabada y confirmada), anulará la acción realizada
anteriormente, por lo que quedará activa únicamente la última.
– Serán rechazadas aquellas solicitudes que no se hayan confeccionado
telemáticamente con dicho Asistente de Inscripción, y, en ese caso, se seguirá el
proceso que se establece en el apartado B.2
Forma de pedir los destinos.
– Cada aspirante tiene asignado un número de opositor en el proceso selectivo,
dentro del ámbito territorial para el que se presentó, en función de la puntuación total
obtenida en dicho proceso. Ese número de opositor saldrá reflejado en la pantalla del
Asistente de Inscripción.
– Se deberán solicitar, como mínimo, tantas plazas como número de opositor tenga,
es decir, si, por ejemplo, el número de opositor es el 21, se deben pedir 21 plazas como
mínimo, o más, si se han ofertado y se desean solicitar, hasta llegar al número máximo
de plazas ofertadas, teniendo en cuenta que se entiende por plazas el número que
aparecerá en el Asistente de Inscripción en la columna denominada «N.º de plazas» (Se
recomienda solicitar más plazas de las mínimas necesarias).
cve: BOE-A-2023-21314
Verificable en https://www.boe.es
B.2)