III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21227)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación parcial del Convenio colectivo general de entidades de seguros, reaseguros y mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Viernes 13 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 137510

Don Daniel Tomé Aróstegui.
Don Francisco Ortiz Parras.
AMAT:
Don Pedro Pablo Sanz Casado.
Doña Cristina Ávila Cueto.
CEM:
Don Carlos Delgado Espinosa.
ASECORE: Representada por UNESPA.
Representación Sindical:
CCOO-Servicios:
Doña Luisa López Alba.
Doña Nieves del Moral de los Ríos.
Doña Jessica Sanjuan Jiménez.
Doña Aránzazu García del Valle.
Doña María Soledad Catalán Gómez.
Doña Maica Guerrero Ramírez.
Don Fernando Escudero Mons.
UGT:
Doña María Pedraza López Rey.
Don Jesús Sanz González.
Doña Ana Francés Roger.
Don Francisco Luna Terciado.
ELA: Ausente.
LAB: Ausente.
CIG:

En Madrid, en la fecha arriba indicada, en los locales de la sede de UNESPA en la
calle Núñez de Balboa, 101, siendo las 11:30 horas, se reúnen las representaciones
arriba expresadas, una vez constituida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo
General de Ámbito Estatal para el Sector de Entidades de Seguros, Reaseguros y
Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social 2020-2024, publicado en el BOE de 27 de
diciembre de 2021.
A continuación, toma la palabra el representante de CCOO-Servicios, que interviene
también en nombre de UGT, señalando que se ha producido un fuerte incremento del
IPC desde la aprobación del Convenio Colectivo por lo que solicita para hacer frente a
esa situación un incremento salarial del 7 % para los ejercicios 2023 (4 %) y 2024 (3 %),
en línea con lo recogido en el V Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva.
Adicionalmente, pide el establecimiento de una cláusula de revisión de forma que, si el
IPC acumulado en estos dos años supera el 7 %, se aplicará un incremento salarial
adicional con un límite del 2 %.
Toma la palabra el representante de CIG que considera que teniendo en cuenta que
los incrementos salariales del convenio quedaron muy por debajo de los incrementos del
IPC (años 2021, 2022) se traduce en una pérdida de poder adquisitivo del 9,76 %,
porcentaje que podría compensar la pérdida de poder adquisitivo del personal del sector.
Abogamos en esta mesa por acometer esa recuperación en su totalidad.

cve: BOE-A-2023-21227
Verificable en https://www.boe.es

Don Tomás Martínez Rodríguez.