III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21226)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del II Convenio colectivo de Lodisna, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 245

Viernes 13 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 137502

2)
Que, el citado Convenio en su artículo vigesimoséptimo regula la Comisión
Paritaria del Convenio, entre cuyas funciones serán: la interpretación y aplicación de lo
pactado.
3) Que, las partes han convenido añadir al presente convenio colectivo los grupos
profesionales y puestos de trabajo que son necesarios en función de cómo ha
evolucionado LODISNA, sus actividades y unidades de negocio.
4) Que, las partes han convenido constituir la comisión negociadora para practicar
los cambios convencionales anteriormente descritos.
Dicho lo cual, ambas partes de común acuerdo e interés
ACUERDAN
Único.
Las partes de común acuerdo e interés han convenido conformar la Comisión
Negociadora para añadir al presente convenio colectivo los grupos profesionales y
puestos de trabajo que son necesarios en función de cómo ha evolucionado LODISNA,
sus actividades y unidades de negocio.
Dicha legitimación para la constitución de la mesa negociadora les viene dada en su
respectiva condición de representante legal de la empresa y componentes, todos ellos,
del Comité de Empresa.
No habiendo nada más que tratar, se suscribe el presente acuerdo, en el lugar y
fecha expresados en el encabezamiento, firmándose la presente Acta.–Por parte de la
Empresa, el Director General, Igor Beguiristai.–Por parte de los Empleados, Yolanda
Arizmendi, Luis Aiciondo, Plesa Traian y Paul la Rosa.
En Imarcoain (Navarra), siendo las 15:00 del 29 de mayo de 2023,
REUNIDOS
Se reúnen en las instalaciones del LODISNA, de una parte, la Empresa LODISNA,
SLU, con la asistencia de una parte don Igor Beguiristain,
Y de otra parte, los Delegados de Personal que actualmente se encuentran en
nómina y plantilla de la empresa, en los tres Centros de Trabajo, doña Yolanda
Arizmendi, don Luis Aiciondo, doña Anita Nagy (centro de trabajo de Navarra), don Plesa
Traian Oraviteanu (Centro de trabajo de Teruel), y don Paul La Rosa (Centro de trabajo
de Soria), y todos ellos

1) Que, la empresa viene regulada por el II Convenio Colectivo de LODISNA SLU,
suscrito con fecha 30 de noviembre 2021, publicado en el BOE el día 13 de abril
de 2022, y con vigencia de seis años, desde el 1 de diciembre 2021 hasta el 1 de
diciembre de 2027.
2)
Que, el citado Convenio en su artículo vigesimoséptimo regula la Comisión
Paritaria del Convenio, entre cuyas funciones serán: la interpretación y aplicación de lo
pactado.
3) Que, las partes han convenido añadir al presente convenio colectivo los grupos
profesionales y puestos de trabajo que son necesarios en función de cómo ha
evolucionado LODISNA, sus actividades y unidades de negocio.

cve: BOE-A-2023-21226
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