III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-21129)
Resolución de 30 de agosto de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Palma de Mallorca n.º 3, por la que se suspende la inscripción de una «escritura de acta notoriedad para concordancia de Registro y realidad».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 244

Jueves 12 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 136325

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21129

Resolución de 30 de agosto de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del
registrador de la propiedad de Palma de Mallorca n.º 3, por la que se
suspende la inscripción de una «escritura de acta notoriedad para
concordancia de Registro y realidad».

En el recurso interpuesto por don Jesús María Morote Mendoza, notario de Palma de
Mallorca, contra la calificación del registrador de la Propiedad de Palma de Mallorca
número 3, don Jesús Sieira Gil, por la que se suspende la inscripción de una «escritura
de acta notoriedad para concordancia de Registro y realidad».
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 27 de marzo de 2023 por el notario de Palma de
Mallorca, don Jesús María Morote Mendoza, el propietario de una finca urbana, vivienda
con altillo, de 130 metros cuadrados de superficie registrada, y cuota del 16%, sita en la
planta de desván de un edificio en régimen de propiedad horizontal, se otorgaba una
«redescripción» de la finca en la que se hacía constar que tenía 130,60 metros
cuadrados útiles y 158 metros cuadrados construidos; incorporaba a la escritura un
certificado de arquitecto colegiado acreditativo de la realidad de la superficie.
II
Presentada la referida escritura en el Registro de la Propiedad de Palma de Mallorca
número 3, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
«Calificado el presente documento con arreglo a lo dispuesto en los artículos 18 y 19
de la Ley Hipotecaria (en adelante, LH) y concordantes de su Reglamento (en adelante,
RH), no se accede a la práctica del asiento solicitado teniendo en cuenta los siguientes
hechos y fundamentos de derecho:

Que con fecha 27/03/2023 fue presentada, por vía telemática y bajo el asiento
número 1383, del tomo 449 del Libro Diario, escritura de nueva descripción de elemento
privativo por modificación de régimen de propiedad horizontal de fecha 27 de Marzo
de 2023, autorizado por el Notario de Palma, Don Jesús María Morote Mendoza,
protocolo n.º 297/2023; sobre la finca n.º 15.280 de la Sección I de Palma –número
nueve de orden–; habiéndose suspendido la calificación del documento el mismo día de
su presentación al no haberse acreditado la previa liquidación del impuesto. Aportado
con fecha 08/05/2023 al haberse remitido a este Registro la preceptiva liquidación del
impuesto por vía telemática –Entrada 1931 de 2023–.
Se solicita la inscripción de la nueva descripción de la parte determinada número
nueve de orden –registral 15280 Sección I– por parte de su titular Don I. A. S.
Calificado el mencionado documento se aprecian los siguientes defectos
subsanables:
1) –Para proceder a la nueva descripción –aumento de superficie a 158,00 metros
cuadrados construidos– del elemento privativo número nueve de orden por modificación

cve: BOE-A-2023-21129
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Hechos y fundamentos de Derecho: