III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-21139)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Odiseo, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Odiseo, de 63 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Mazaleón, Valjunquera y Valdealgorfa (Teruel).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de octubre de 2023

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idoneidad de los terrenos en los que está prevista la realización de la obra, como estipula la
condición ii.2. Vulnerabilidad: incendios e inundaciones.
– El Programa de Vigilancia Ambiental deberá completarse con los aspectos
adicionales que se recogen en el condicionado de la DIA y, en particular, lo indicado en el
apartado iii.
Cada una de las condiciones y medidas establecidas en el EsIA y en la DIA deberán
estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al
mismo, con el desglose que permita identificar cada una de las medidas definidas en la
citada DIA, previamente a su aprobación.
La citada DIA ha tomado en consideración las modificaciones del proyecto que se
han producido atendiendo a los requerimientos expuestos en informes y alegaciones
recibidos durante la tramitación del proyecto e incluidas en la documentación adicional
aportada a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental en fechas 14 de
noviembre de 2022 y 6 de junio de 2023. Las principales modificaciones introducidas en
el proyecto son las siguientes:
– Evacuación alternativa a la LAAT 220 kV "SET Valdealgorfa — SET Valmuel
Garraf». Dicha alternativa está formada por los tramos LSAT 220kV SET ValdealgorfaSET Valmuel Garraf y LAAT 400kV Valmuel Garraf-Entronque LAAT 400kV Begues
(apoyo 82).
– Reubicación de la subestación Valmuel Garraf.
Considerando que, sin perjuicio de lo establecido en la meritada DIA, en el curso de
las autorizaciones preceptivas previstas en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico, podría resultar necesaria la tramitación de las mismas en
función de lo previsto en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, será de aplicación lo establecido en el
artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, respecto de las modificaciones
de instalaciones de generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el
cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el citado artículo.
Finalmente, la DIA establece los condicionantes específicos que se tendrán en
cuenta en las sucesivas fases de autorización del proyecto, en su caso y en todo caso,
antes de otorgar una autorización de explotación.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, la autorización administrativa previa de instalaciones de generación
no podrá ser otorgada si su titular no ha obtenido previamente los permisos de acceso y
conexión a las redes de transporte o distribución correspondientes.
El proyecto ha obtenido permiso de acceso a la red de transporte mediante la
emisión del Informe de Viabilidad de Acceso a la red (IVA), así como del Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) y del Informe de
Verificación de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación de
Garraf 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
Por tanto, la infraestructura de evacuación de energía eléctrica conectará el parque
eólico con la red de transporte, en la subestación de Garraf 400 kV, propiedad de Red
Eléctrica de España, SAU, a través de una nueva posición de la red de transporte en
dicha subestación.
A los efectos del artículo 123.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con
fecha 18 de mayo de 2021, Energía Inagotable de Cerbero, SL, firmó un acuerdo para la
evacuación conjunta y coordinada de los parques eólicos Cerbero (dentro de la presente
resolución), Menecio, Oalas, Perses, Odiseo, Selene, Cretón, Batea, Corbera, Els Arcs y
Gandesa (que quedan fuera del alcance del presente expediente) en la citada
subestación Garraf 400 kV. Asimismo, con fechas 19 de febrero de 2021, 27 de abril
de 2021 y 18 de mayo de 2021, Energía Inagotable de Cerbero, SL, firmó un acuerdo
con diferentes sociedades mercantiles promotoras, para el desarrollo, construcción, uso
compartido y posterior explotación y mantenimiento de instalaciones de evacuación

cve: BOE-A-2023-21139
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Núm. 244