III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-21136)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Cerbero, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Cerbero, de 42 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en Maella (Zaragoza), Mazaleón, Alcañiz y Valdealgorfa (Teruel), La Bisbal del Penedès, Llorenç del Penedès, Banyeres del Penedès y Bellvei (Tarragona) y Castellet i la Gornal, Cubelles y Vilanova i la Geltrú (Barcelona).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 136403
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los anteproyectos «Parque Eólico
Cerbero» en el término municipal de Maella (Zaragoza), fechado en abril de 2021,
«Subestación Valdealgorfa 30/220 kV» en el término municipal de Valdealgorfa (Teruel),
fechado en abril de 2021, «LAAT 220 kV SET Valdealgorfa-SET Valmuel Garraf (Tramo
hasta apoyo 68)» en los términos municipales de Valdealgorfa y Alcañiz (Teruel), fechado
en abril de 2021 y «LAAT 400 kV SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE (Tramo desde
apoyo 416 hasta SET Garraf 400 kV REE)», en los términos municipales de La Bisbal del
Penedès, Llorenç del Penedès, Banyeres del Penedès y Bellvei (Tarragona) y Castellet i
la Gornal, Cubelles y Vilanova i la Geltrú (Barcelona), fechado en abril de 2021, se
componen de:
– Las líneas subterráneas a 30 kV que tienen como origen los aerogeneradores del
parque eólico, discurriendo hasta la subestación SET Valdealgorfa 30/220 kV, en los
términos municipales de Maella, en la provincia de Zaragoza, y Mazaleón, Alcañiz y
Valdealgorfa, en la provincia de Teruel.
– La subestación eléctrica «SET Valdealgorfa 30/220 kV», ubicada en Valdealgorfa,
en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LAAT SET Valdealgorfa-SET Valmuel Garraf» que tiene
como origen la subestación SET Valdealgorfa 30/220 kV hasta la subestación SET
Valmuel Garraf 30/220/400 kV, con un trazado que afecta a los municipios de
Valdealgorfa y Alcañiz, en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LAAT 400 kV SET Vilalba-SET Garraf 400 kV» que tiene
como origen la subestación SET Vilalba 400 kV hasta la subestación SET Garraf 220 kV,
con un trazado que afecta a los municipios de La Bisbal del Penedès, Llorenç del
Penedès, Banyeres del Penedès y Bellvei, en la provincia de Tarragona, y Castellet i la
Gornal, Cubelles y Vilanova i la Geltrú, en la provincia de Barcelona.
No obstante, lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
Por tanto, la autorización administrativa de construcción no podrá ser otorgada, ni se
podrán iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las
instalaciones previstas en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, en ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de
producción ni en las infraestructuras de evacuación objeto de la presente resolución,
incluidas en su caso la conexión con la red de transporte o de distribución, si su titular no
ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones:
a) Se otorgue al titular autorización administrativa que recoja las modificaciones
derivadas de la meritada declaración de impacto ambiental y del trámite de información
pública y consultas que requieran de modificación de la presente autorización
administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
b) Se hayan otorgado la totalidad de las autorizaciones de las distintas actuaciones
que componen la totalidad de la infraestructura de evacuación, desde el parque
cve: BOE-A-2023-21136
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 244
Jueves 12 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 136403
Las infraestructuras de evacuación recogidas en los anteproyectos «Parque Eólico
Cerbero» en el término municipal de Maella (Zaragoza), fechado en abril de 2021,
«Subestación Valdealgorfa 30/220 kV» en el término municipal de Valdealgorfa (Teruel),
fechado en abril de 2021, «LAAT 220 kV SET Valdealgorfa-SET Valmuel Garraf (Tramo
hasta apoyo 68)» en los términos municipales de Valdealgorfa y Alcañiz (Teruel), fechado
en abril de 2021 y «LAAT 400 kV SET Vilalba-SET Garraf 400 kV REE (Tramo desde
apoyo 416 hasta SET Garraf 400 kV REE)», en los términos municipales de La Bisbal del
Penedès, Llorenç del Penedès, Banyeres del Penedès y Bellvei (Tarragona) y Castellet i
la Gornal, Cubelles y Vilanova i la Geltrú (Barcelona), fechado en abril de 2021, se
componen de:
– Las líneas subterráneas a 30 kV que tienen como origen los aerogeneradores del
parque eólico, discurriendo hasta la subestación SET Valdealgorfa 30/220 kV, en los
términos municipales de Maella, en la provincia de Zaragoza, y Mazaleón, Alcañiz y
Valdealgorfa, en la provincia de Teruel.
– La subestación eléctrica «SET Valdealgorfa 30/220 kV», ubicada en Valdealgorfa,
en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LAAT SET Valdealgorfa-SET Valmuel Garraf» que tiene
como origen la subestación SET Valdealgorfa 30/220 kV hasta la subestación SET
Valmuel Garraf 30/220/400 kV, con un trazado que afecta a los municipios de
Valdealgorfa y Alcañiz, en la provincia de Teruel.
– La línea de alta tensión «LAAT 400 kV SET Vilalba-SET Garraf 400 kV» que tiene
como origen la subestación SET Vilalba 400 kV hasta la subestación SET Garraf 220 kV,
con un trazado que afecta a los municipios de La Bisbal del Penedès, Llorenç del
Penedès, Banyeres del Penedès y Bellvei, en la provincia de Tarragona, y Castellet i la
Gornal, Cubelles y Vilanova i la Geltrú, en la provincia de Barcelona.
No obstante, lo anterior, la instalación de producción deberá adaptarse al contenido
de la citada declaración de impacto ambiental y de los condicionados aceptados por el
promotor durante la tramitación de la presente autorización. En particular, deberá
atenderse al condicionado y las modificaciones requeridos en la declaración de impacto
ambiental y, en su caso, al soterramiento de cualquier elemento de la infraestructura de
evacuación, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, respecto de las modificaciones de instalaciones de
generación que hayan obtenido autorización administrativa previa y el cumplimiento de
todas las condiciones establecidas en el citado artículo. Será necesario obtener
autorización administrativa previa de alguna de las modificaciones propuestas y
derivadas del cumplimiento de la declaración de impacto ambiental si no se cumplen los
supuestos del citado artículo 115.2 del mencionado real decreto.
Por tanto, la autorización administrativa de construcción no podrá ser otorgada, ni se
podrán iniciar las obras preparatorias de acondicionamiento del emplazamiento de las
instalaciones previstas en el artículo 131.9 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, en ninguna de las partes de la instalación, es decir, ni en el parque de
producción ni en las infraestructuras de evacuación objeto de la presente resolución,
incluidas en su caso la conexión con la red de transporte o de distribución, si su titular no
ha cumplido previamente la totalidad de las siguientes condiciones:
a) Se otorgue al titular autorización administrativa que recoja las modificaciones
derivadas de la meritada declaración de impacto ambiental y del trámite de información
pública y consultas que requieran de modificación de la presente autorización
administrativa previa de acuerdo con lo previsto en el artículo 115 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
b) Se hayan otorgado la totalidad de las autorizaciones de las distintas actuaciones
que componen la totalidad de la infraestructura de evacuación, desde el parque
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Núm. 244