III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2023-21052)
Resolución de 5 de octubre de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con la Universitat Politècnica de Valéncia, para la realización de estudios de percepción con el público para la neurovaloración de billetes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135987
campo de la neurociencia aplicada a billetes para otros Bancos Centrales y organismos
públicos y privados.
2. La colaboración en estos proyectos resulta de interés a ambas instituciones en
tanto que permitirán adquirir nuevos resultados susceptibles de análisis así como
conocimientos complementarios en el campo de actuación de la neurociencia aplicada a
billetes euro, dicha colaboración redundará, por un lado para la UPV en la mejora de los
algoritmos de estimación de indicadores neurométricos relativos al diseño de nuevos
billetes, dada la necesidad de disponer de nuevas fuentes de información para la
percepción del diseño en diferentes ámbitos geográficos que permitan optimizar dichos
algoritmos, y para el BdE en el desarrollo de sus funciones, contribuyendo a una mayor
eficiencia en todas las fases que componen el ciclo de vida del billete euro, y en
particular en la mejora del proceso de diseño de los nuevos billetes euro, consiguiendo
que estos sean más atractivos para el público.
3. Que el Banco de España ha registrado la marca Neurocash®, para identificar la
tecnología que aplica el método neurocientífico al desarrollo del efectivo en estos
proyectos.
4. Que el Convenio Marco establece que cada proyecto tecnológico en el campo de
la neurociencia aplicada a billetes se concretará mediante el establecimiento del
correspondiente Convenio específico.
5. Que el Banco Central Europeo (en adelante el BCE) ha manifestado su interés
en que se realicen estudios de investigación sobre la percepción y estudios
neurométricos sobre el billete euro y por ello, convocó el 4 de mayo de 2022 una
licitación (PRO-006712) para la firma de contratos con universidades, institutos de
investigación o proveedores especializados para la prestación de servicios relacionados.
6. Que la UPV en colaboración con el BdE presentí una oferta (que requiere la
colaboración de ambas partes) al lote n.º 1 de la licitación del BCE (PRO-006712), para
la realización de estudios de percepción con el público para la neurovaloración de
billetes, la cual ha sido seleccionada.
7. Que el BCE y la UPV han suscrito un contrato para la realización de estudios de
percepción con público para la neurovaloración de billetes, correspondiente con el lote
n.º 1 de la licitación del BCE (PRO-006712).
8. Que, con carácter previo a la suscripción del presente Convenio específico, que
se celebra dentro del alcance del Convenio Marco, se ha elaborado la memoria
justificativa en la que se analiza la necesidad y oportunidad del Convenio específico, su
impacto económico, el carácter no contractual de la actividad que constituye su objeto,
así como el cumplimento del resto de requisitos determinados por la LRJSP.
Y, en consecuencia, ambas Partes acuerdan formalizar el presente Convenio
específico de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Finalidad y objeto del convenio específico.
El objeto del Convenio específico es definir y establecer las bases de la colaboración
entre BdE y la UPV, con ocasión de la participación de ambas instituciones en los
trabajos relacionados con el lote n.º 1 del contrato que la UPV ha suscrito con el BCE,
resultante de la licitación PRO-006712, que consiste en la realización de estudios de
percepción con el público para la neurovaloración de billetes (en adelante el proyecto
Neurocash®).
cve: BOE-A-2023-21052
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 135987
campo de la neurociencia aplicada a billetes para otros Bancos Centrales y organismos
públicos y privados.
2. La colaboración en estos proyectos resulta de interés a ambas instituciones en
tanto que permitirán adquirir nuevos resultados susceptibles de análisis así como
conocimientos complementarios en el campo de actuación de la neurociencia aplicada a
billetes euro, dicha colaboración redundará, por un lado para la UPV en la mejora de los
algoritmos de estimación de indicadores neurométricos relativos al diseño de nuevos
billetes, dada la necesidad de disponer de nuevas fuentes de información para la
percepción del diseño en diferentes ámbitos geográficos que permitan optimizar dichos
algoritmos, y para el BdE en el desarrollo de sus funciones, contribuyendo a una mayor
eficiencia en todas las fases que componen el ciclo de vida del billete euro, y en
particular en la mejora del proceso de diseño de los nuevos billetes euro, consiguiendo
que estos sean más atractivos para el público.
3. Que el Banco de España ha registrado la marca Neurocash®, para identificar la
tecnología que aplica el método neurocientífico al desarrollo del efectivo en estos
proyectos.
4. Que el Convenio Marco establece que cada proyecto tecnológico en el campo de
la neurociencia aplicada a billetes se concretará mediante el establecimiento del
correspondiente Convenio específico.
5. Que el Banco Central Europeo (en adelante el BCE) ha manifestado su interés
en que se realicen estudios de investigación sobre la percepción y estudios
neurométricos sobre el billete euro y por ello, convocó el 4 de mayo de 2022 una
licitación (PRO-006712) para la firma de contratos con universidades, institutos de
investigación o proveedores especializados para la prestación de servicios relacionados.
6. Que la UPV en colaboración con el BdE presentí una oferta (que requiere la
colaboración de ambas partes) al lote n.º 1 de la licitación del BCE (PRO-006712), para
la realización de estudios de percepción con el público para la neurovaloración de
billetes, la cual ha sido seleccionada.
7. Que el BCE y la UPV han suscrito un contrato para la realización de estudios de
percepción con público para la neurovaloración de billetes, correspondiente con el lote
n.º 1 de la licitación del BCE (PRO-006712).
8. Que, con carácter previo a la suscripción del presente Convenio específico, que
se celebra dentro del alcance del Convenio Marco, se ha elaborado la memoria
justificativa en la que se analiza la necesidad y oportunidad del Convenio específico, su
impacto económico, el carácter no contractual de la actividad que constituye su objeto,
así como el cumplimento del resto de requisitos determinados por la LRJSP.
Y, en consecuencia, ambas Partes acuerdan formalizar el presente Convenio
específico de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Finalidad y objeto del convenio específico.
El objeto del Convenio específico es definir y establecer las bases de la colaboración
entre BdE y la UPV, con ocasión de la participación de ambas instituciones en los
trabajos relacionados con el lote n.º 1 del contrato que la UPV ha suscrito con el BCE,
resultante de la licitación PRO-006712, que consiste en la realización de estudios de
percepción con el público para la neurovaloración de billetes (en adelante el proyecto
Neurocash®).
cve: BOE-A-2023-21052
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 243