III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21041)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón para el periodo 2023-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
E.
Sec. III. Pág. 135856
Personal Administrativo.
Este personal se divide en los siguientes puestos:
1) Jefe Administrativo: es quien lleva la responsabilidad de la gestión administrativa
de varias secciones o departamentos, teniendo a sus órdenes al personal administrativo
que requieran los servicios.
2) Jefe de Sección Administrativa: es quien está encargado de orientar y dirigir la
sección que tenga a su cargo, así como coordinar y distribuir el trabajo entre el personal
que de él depende.
3) Oficial de Primera Administrativo: es aquél que tiene a su cargo una función
determinada, dentro de la cual, ejerce iniciativa y tiene responsabilidad, con o sin
empleados a sus órdenes.
4) Oficial de Segunda Administrativo: es quien, con iniciativa y responsabilidad
restringida, realiza trabajos de carácter secundario que sin embargo exigen
conocimientos de la técnica administrativa.
5) Auxiliar Administrativo: es quien realiza operaciones elementales administrativas
y, en general, las puramente mecánicas inherentes al trabajo de aquéllas.
6) Aspirante Administrativo: es quien con más de dieciséis años trabaja en labores
propias de oficinas, dispuesto a iniciarse en las funciones propias de ésta. Al cumplir la
edad de dieciocho años, ostentará la categoría de Auxiliar Administrativo.
7) Telefonista: es quien tiene a su cuidado el manejo de una centralita telefónica y/o
telex o teletipo para la comunicación de las distintas dependencias de la empresa entre
sí y con el exterior. Podrá asignársele funciones de recepción.
F. Otros mandos intermedios.
1) Jefe de Sección: además de los puestos reseñados con categoría de Jefe de
Sección, podrán existir otros con esta misma categoría cubiertos por quienes a las
órdenes de sus superiores, responden dentro de la Sección donde prestan sus servicios
de la distribución y buena ejecución de los trabajos.
2) Contramaestres: son quienes a las órdenes directas del Jefe de Sección, vigilan
la buena marcha de la misma y tienen los conocimientos necesarios para, en ausencia
del citado Jefe, saber organizar el trabajo y corregir cualquier diferencia momentánea o
casual.
Los contramaestres se dividen en dos categorías, que serán de primera o segunda
según la importancia de la Sección o responsabilidad y funciones que les estén
encomendadas. Los contramaestres de la sección de fabricación y de reparación serán
de primera categoría.
3) Maestro de Sala:
G. Personal de Servicios.
Este grupo comprende los siguientes puestos:
1) Jefe de Servicios: es quien dirige las actividades de un grupo de personas
trabajadoras que se dedican a cubrir los servicios de una Factoría, tales como
almacenes, acopio de materiales, carga, descarga y transporte, distribuyendo el trabajo
del personal a sus órdenes y cuidando asimismo el mantenimiento de los vehículos de
que se sirve.
cve: BOE-A-2023-21041
Verificable en https://www.boe.es
a) Maestros de Sala de Primera: son quienes, además de las funciones de mera
vigilancia del personal de la sala, llevan el control de la producción de la misma,
ocupándose de las expediciones y facturaciones con mando directo sobre el personal
adscrito a dicho trabajo.
b) Maestro de Sala de Segunda: son los que realizan las mismas funciones que los
de primera categoría salvo la cuestión de facturaciones teniendo mando directo sobre
enfardadores y embaladores además de la responsabilidad del personal de sala.
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
E.
Sec. III. Pág. 135856
Personal Administrativo.
Este personal se divide en los siguientes puestos:
1) Jefe Administrativo: es quien lleva la responsabilidad de la gestión administrativa
de varias secciones o departamentos, teniendo a sus órdenes al personal administrativo
que requieran los servicios.
2) Jefe de Sección Administrativa: es quien está encargado de orientar y dirigir la
sección que tenga a su cargo, así como coordinar y distribuir el trabajo entre el personal
que de él depende.
3) Oficial de Primera Administrativo: es aquél que tiene a su cargo una función
determinada, dentro de la cual, ejerce iniciativa y tiene responsabilidad, con o sin
empleados a sus órdenes.
4) Oficial de Segunda Administrativo: es quien, con iniciativa y responsabilidad
restringida, realiza trabajos de carácter secundario que sin embargo exigen
conocimientos de la técnica administrativa.
5) Auxiliar Administrativo: es quien realiza operaciones elementales administrativas
y, en general, las puramente mecánicas inherentes al trabajo de aquéllas.
6) Aspirante Administrativo: es quien con más de dieciséis años trabaja en labores
propias de oficinas, dispuesto a iniciarse en las funciones propias de ésta. Al cumplir la
edad de dieciocho años, ostentará la categoría de Auxiliar Administrativo.
7) Telefonista: es quien tiene a su cuidado el manejo de una centralita telefónica y/o
telex o teletipo para la comunicación de las distintas dependencias de la empresa entre
sí y con el exterior. Podrá asignársele funciones de recepción.
F. Otros mandos intermedios.
1) Jefe de Sección: además de los puestos reseñados con categoría de Jefe de
Sección, podrán existir otros con esta misma categoría cubiertos por quienes a las
órdenes de sus superiores, responden dentro de la Sección donde prestan sus servicios
de la distribución y buena ejecución de los trabajos.
2) Contramaestres: son quienes a las órdenes directas del Jefe de Sección, vigilan
la buena marcha de la misma y tienen los conocimientos necesarios para, en ausencia
del citado Jefe, saber organizar el trabajo y corregir cualquier diferencia momentánea o
casual.
Los contramaestres se dividen en dos categorías, que serán de primera o segunda
según la importancia de la Sección o responsabilidad y funciones que les estén
encomendadas. Los contramaestres de la sección de fabricación y de reparación serán
de primera categoría.
3) Maestro de Sala:
G. Personal de Servicios.
Este grupo comprende los siguientes puestos:
1) Jefe de Servicios: es quien dirige las actividades de un grupo de personas
trabajadoras que se dedican a cubrir los servicios de una Factoría, tales como
almacenes, acopio de materiales, carga, descarga y transporte, distribuyendo el trabajo
del personal a sus órdenes y cuidando asimismo el mantenimiento de los vehículos de
que se sirve.
cve: BOE-A-2023-21041
Verificable en https://www.boe.es
a) Maestros de Sala de Primera: son quienes, además de las funciones de mera
vigilancia del personal de la sala, llevan el control de la producción de la misma,
ocupándose de las expediciones y facturaciones con mando directo sobre el personal
adscrito a dicho trabajo.
b) Maestro de Sala de Segunda: son los que realizan las mismas funciones que los
de primera categoría salvo la cuestión de facturaciones teniendo mando directo sobre
enfardadores y embaladores además de la responsabilidad del personal de sala.