III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-21041)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón para el periodo 2023-2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
6)
Sec. III. Pág. 135855
Personal de Prevención de Riesgos Laborales.
Este personal se divide en los siguientes puestos:
a) Jefe de Prevención de Riesgos Laborales: es quien estando en posesión del
título que le habilita profesionalmente, dirige la actividad de los servicios de Prevención
de Riesgos Laborales, al objeto de promover la seguridad, la salud de las personas
trabajadoras mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades
necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
b) Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: es quién a las órdenes del Jefe de
Prevención de Riesgos Laborales, desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas
del Dpto./Sección de Prevención de Riesgos Laborales, elaborando a todos los efectos
todo tipo de estadísticas e instrucciones necesarias, y colaborando con el resto de
Secciones de la empresa para integrar la prevención de riesgos laborales en todo el
conjunto de actividades y decisiones en toda la línea jerárquica y niveles de la empresa.
7)
Personal de Medio Ambiente. Este personal se divide en los siguientes puestos:
a) Jefe de Medio Ambiente: es quien con iniciativa y responsabilidad dirige esta
sección, verificando y comprobando que las condiciones ambientales de la empresa se
ajustan a las respectivas normativas de aplicación, tanto con respecto al propio ámbito
de la empresa como con respecto al ámbito exterior de la misma.
b) Técnico de Medio Ambiente: es quién a las órdenes del Jefe de Medio Ambiente,
desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas del Dpto./Sección de Medio
Ambiente, elaborando a estos efectos todo tipo de estudios y valoraciones necesarias
para una correcta aplicación de la normativa en vigor en cada momento.
8) Personal de RR. HH. Técnico de RR. HH.: es quién a las órdenes del Jefe de
RR. HH. desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas del Dpto./Sección de
RR. HH. elaborando a estos efectos todo tipo de estudios y valoraciones necesarias para
una correcta aplicación de la política de RRHH de la empresa, pudiendo además
gestionar todos los aspectos relacionados con la Nómina.
D.
Personal Comercial.
1) Jefe de Ventas: es el que está al frente de una o varias secciones comerciales
con mando directo o vigilancia del personal afecto a ella y con facultades para intervenir
en las ventas y disponer lo conveniente para el buen funcionamiento de las secciones.
2) Delegado de Ventas: es quien dirige una dependencia comercial de una
empresa, organiza y controla a su personal, tanto de ventas como de administración, a
fin de cumplir con el programa de actividades comerciales que le viene impuesto,
informando a sus superiores de los resultados de su gestión, situación de mercado, etc.
3) Jefe de Equipo de Ventas: es quien tiene por función programar las ventas del
personal vendedor a sus órdenes, inspeccionando mercados y depósitos, efectuando
visitas a clientes personalmente cuando lo considere necesario y solicitando de su
personal información detallada de sus actividades.
4) Vendedor: es quien, además de realizar las funciones del viajante, se ocupa de
obtener todo tipo de información comercial sobre los productos que vende, fluctuaciones
de los precios, cobros, etc.
5) Viajante: es la persona al servicio exclusivo de la empresa que recorre rutas
preestablecidas por aquélla, que atiende áreas geográficas limitadas, ofreciendo
artículos, tomando notas de pedidos, informando a los clientes, transmitiendo los
encargos recibidos y cuidando su cumplimiento.
cve: BOE-A-2023-21041
Verificable en https://www.boe.es
Este personal se divide en los siguientes puestos:
Núm. 243
Miércoles 11 de octubre de 2023
6)
Sec. III. Pág. 135855
Personal de Prevención de Riesgos Laborales.
Este personal se divide en los siguientes puestos:
a) Jefe de Prevención de Riesgos Laborales: es quien estando en posesión del
título que le habilita profesionalmente, dirige la actividad de los servicios de Prevención
de Riesgos Laborales, al objeto de promover la seguridad, la salud de las personas
trabajadoras mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades
necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo.
b) Técnico de Prevención de Riesgos Laborales: es quién a las órdenes del Jefe de
Prevención de Riesgos Laborales, desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas
del Dpto./Sección de Prevención de Riesgos Laborales, elaborando a todos los efectos
todo tipo de estadísticas e instrucciones necesarias, y colaborando con el resto de
Secciones de la empresa para integrar la prevención de riesgos laborales en todo el
conjunto de actividades y decisiones en toda la línea jerárquica y niveles de la empresa.
7)
Personal de Medio Ambiente. Este personal se divide en los siguientes puestos:
a) Jefe de Medio Ambiente: es quien con iniciativa y responsabilidad dirige esta
sección, verificando y comprobando que las condiciones ambientales de la empresa se
ajustan a las respectivas normativas de aplicación, tanto con respecto al propio ámbito
de la empresa como con respecto al ámbito exterior de la misma.
b) Técnico de Medio Ambiente: es quién a las órdenes del Jefe de Medio Ambiente,
desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas del Dpto./Sección de Medio
Ambiente, elaborando a estos efectos todo tipo de estudios y valoraciones necesarias
para una correcta aplicación de la normativa en vigor en cada momento.
8) Personal de RR. HH. Técnico de RR. HH.: es quién a las órdenes del Jefe de
RR. HH. desarrolla y aplica las políticas y directrices emanadas del Dpto./Sección de
RR. HH. elaborando a estos efectos todo tipo de estudios y valoraciones necesarias para
una correcta aplicación de la política de RRHH de la empresa, pudiendo además
gestionar todos los aspectos relacionados con la Nómina.
D.
Personal Comercial.
1) Jefe de Ventas: es el que está al frente de una o varias secciones comerciales
con mando directo o vigilancia del personal afecto a ella y con facultades para intervenir
en las ventas y disponer lo conveniente para el buen funcionamiento de las secciones.
2) Delegado de Ventas: es quien dirige una dependencia comercial de una
empresa, organiza y controla a su personal, tanto de ventas como de administración, a
fin de cumplir con el programa de actividades comerciales que le viene impuesto,
informando a sus superiores de los resultados de su gestión, situación de mercado, etc.
3) Jefe de Equipo de Ventas: es quien tiene por función programar las ventas del
personal vendedor a sus órdenes, inspeccionando mercados y depósitos, efectuando
visitas a clientes personalmente cuando lo considere necesario y solicitando de su
personal información detallada de sus actividades.
4) Vendedor: es quien, además de realizar las funciones del viajante, se ocupa de
obtener todo tipo de información comercial sobre los productos que vende, fluctuaciones
de los precios, cobros, etc.
5) Viajante: es la persona al servicio exclusivo de la empresa que recorre rutas
preestablecidas por aquélla, que atiende áreas geográficas limitadas, ofreciendo
artículos, tomando notas de pedidos, informando a los clientes, transmitiendo los
encargos recibidos y cuidando su cumplimiento.
cve: BOE-A-2023-21041
Verificable en https://www.boe.es
Este personal se divide en los siguientes puestos: