III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21044)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara".
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Miércoles 11 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135906

recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las
autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.
Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven
las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los
efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:
1.

Condiciones al proyecto.

i)

Condiciones generales:

(1)

El proyecto final constará de las siguientes infraestructuras:

Para el diseño final de las PSFV y la línea de evacuación se estará a lo dispuesto por
el órgano sustantivo en cuanto a legislación sectorial y de evaluación ambiental.
En cualquier caso, se tendrá en cuenta el contenido de las resoluciones asociadas a
los expedientes «Parque solar fotovoltaico SPK Borneo de 400 MWp/331,04 MWn,y su
infraestructura de evacuación, TTMM Villaseca de Uceda, Casa de Uceda, El Cubillo de
Uceda, Viñuelas (Guadalajara) y El Molar, Fuente el Saz de Jarama, y 3 más», «Parque
solar fotovoltaico Alten Tres Cantos, de 100 MWp/85 MWn, y su infraestructura de
evacuación, en las provincias de Guadalajara y Madrid» y «Parque Solar Fotovoltaico
GR Bisbita de 99,99 MWp y de su infraestructura de evacuación en 30 KV, en el término
municipal de Torremocha de Jarama, en la provincia de Madrid, dándose cumplimento a
su contenido y condicionado en relación a la infraestructura de evacuación común no
evaluada en la presente resolución.
(2) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras
contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en
la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente
resolución.
(3) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas
ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los
«Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se
encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las
actuaciones previstas.
(4) En el caso de que durante la explotación del proyecto se detectasen
circunstancias que supusiesen riesgos para especies incluidas en el Catálogo Regional
de Especies Amenazadas la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, desde el
organismo competente se podrán tomar las medidas adecuadas para minimizar dichos
riesgos.
(5) Se desarrollará un programa de medidas compensatorias global para el
conjunto del proyecto y de otros proyectos del mismo promotor y que incluya todas las
medidas definidas. Los promotores presentarán anualmente un certificado ambiental que

cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es

PSFV Envatios XXV de 183,75 MWp (308,6 ha). Se han eliminado 15 ha adicionales
con respecto a la propuesta final del promotor de superficie al norte de las poligonales.
PSFV Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MWp (340,5 ha).
LSMT en ambas PSFV.
SE Ceres 30/400 kV.
LAT de 400 kV SE Ceres 30/400 kV-SE La Cereal Promotores 30/400 kV de longitud
total 2,37 km. Este tramo deberá ser soterrado en todo su recorrido salvo que el
organismo autonómico competente en medio ambiente finalmente considere que los
impactos del soterramiento sean más significativos que el trazado aéreo.
SE La Cereal Promotores 30/400 kVLAT desde SE La Cereal Promotores 30/400 kV hacia SE La Cereal 400kV (REE) de
longitud 2,98 km, que finaliza en la SE Alten, perteneciente al expediente detallado en el
punto 1 de la presente resolución. Este tramo deberá ser soterrado en todo su recorrido
salvo que el organismo autonómico competente en medio ambiente finalmente considere
que los impactos del soterramiento sean más significativos que el trazado aéreo.