III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-21044)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques solares fotovoltaicos Envatios XXV de 183,75 MW y Envatios XIII-La Cereal Fase II de 165,55 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Madrid y Guadalajara".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 243

Miércoles 11 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135904

aves esteparias ocupado podría superar el 50 %, si todos los proyectos en trámite salen
adelante.
Con la reducción de superficies planteadas por el promotor, así como con la
compactación de las líneas de evacuación que se ha realizado, disminuirán considerablemente
estos efectos sinérgicos. Asimismo, las medidas incluidas en los apartados anteriores
de la presente resolución y en su condicionado, contribuirán a la disminución de estos
efectos.
c.

Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA incluye un Análisis de la Vulnerabilidad de la actuación que considera que los
factores analizados (inundaciones, terremotos, elevación del nivel del mar, incendios
forestales) son de escaso riesgo, salvo las lluvias máximas, nevadas y el granizo que se
estiman tolerables y para los que se implantan medidas de comprobación periódicas.
El Servicio Provincial de Protección Civil en Guadalajara resume los riesgos de la
zona de la siguiente forma:
Riesgo incendios: PSFV en zonas de cultivos herbáceos de secano de bajo riesgo.
cerca de zonas de mayor peligro como encinares, quejigares y matorrales que bordean
las plantas.
Riesgo de inundación: sin riesgo potencial significativo.
Riesgo por fenómenos meteorológicos adversos: no afectado.
Riesgo sísmico: zona de bajo riesgo.
Riesgo por Accidentes derivados del Transporte y Almacenamiento de Mercancías
Peligrosas: no se encuentra próximo a zonas de riesgo.
Riesgo nuclear: riesgo bajo.
Ese servicio indica que los riesgos no suponen un impacto significativo, aunque se
debe tener en cuenta los ocasionados por accidente, avería o negligencia. También
apunta que sería conveniente que el proyecto se completara con un Plan/Protocolo de
Autoprotección para la «fase de explotación» de las instalaciones. El promotor acepta
esta indicación.
La Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha advierte de que la mayor parte del proyecto se ubica en zonas de
alto riesgo de incendios forestales de las Vertientes del Henares, aporta medidas que se
incluyen en el apartado condicionado de la presente resolución, dado que el promotor no
hace indicaciones sobre su aceptación.
Programa de vigilancia ambiental (PVA).

El PVA define unos puntos de control y seguimiento, desarrollados durante las
distintas fases de ejecución del proyecto. Así, en fase de construcción, se establecen
controles generales, de la calidad del aire, de áreas de actuación, de residuos y vertidos,
de la calidad de las aguas, de la vegetación e integraciones efectuadas, genérico de la
fauna, de protección contra incendios, de la calidad del paisaje y de valores arqueológicos
y de patrimonio. En fase de explotación, se realizará el control de las instalaciones, de la
fauna y de la calidad de la vegetación y el paisaje.
Se contempla la elaboración un único informe al finalizar las obras, informe anual
durante el funcionamiento e informes especiales y puntuales sin periodicidad fija.
Se llevará a cabo un plan de seguimiento específico de fauna con el siguiente
contenido mínimo:
Censo y estima poblacional de las especies de avifauna asociada a ecosistemas
esteparios y otras especies de fauna terrestre de interés (especies presa como el conejo
de monte, depredadores amenazados, reptiles, mamíferos, etc.), indicando metodología
empleada y fechas de prospección.

cve: BOE-A-2023-21044
Verificable en https://www.boe.es

d.