III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-20971)
Resolución 420/38397/2023, de 2 de octubre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Forde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, sobre bonificación a cargo del Estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 242

Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135502

dentro del mes siguiente a la inscripción de este convenio en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
Tercera.

Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.

a) Protección de datos: Los datos de carácter personal que se faciliten a la
empresa de las personas de contacto del MINISDEF, serán tratados con la finalidad de
gestionar la relación que se formalice entre las partes, siendo la base legitimadora del
tratamiento la ejecución de este convenio. En este sentido, los datos facilitados no se
cederán a terceros, salvo obligación legal.
Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación y supresión de
los datos, así como otros derechos, como se explica en ll a información adicional que
puede consultar en la Política de Privacidad de la página electrónica de la empresa.
b) Comunicación de datos entre las partes: con motivo de la ejecución de este
convenio, la empresa comunicará al MINISDEF el número identificativo de los
beneficiarios que adquieran un título de transporte comercializado por la empresa. La
comunicación de dicha información se realizará en cumplimiento de este convenio y
basándose en la ejecución del contrato de viaje que exista entre la empresa y los
beneficiarios identificados por el MINISDEF, siendo responsabilidad de la empresa
informar del tratamiento a los beneficiarios, conforme a lo establecido en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Asimismo, será responsabilidad de la empresa cumplir con los principios y requisitos
establecidos en la legislación vigente respecto al tratamiento de dicha información y de
aplicar las medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de
seguridad adecuado, tanto durante el tratamiento de los datos en sus sistemas como
durante la transmisión de los mismos al MINISDEF.
Los datos personales que, en su caso, sean obtenidos por las partes en el desarrollo
y cumplimiento de este convenio, serán tratados por aquellas de forma absolutamente
confidencial.
En todo caso, el contenido de esta cláusula estará sujeta a lo establecido en la citada
Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía
de los derechos digitales; los preceptos vigentes de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de protección de datos de carácter personal; el Reglamento (UE) 2016/679; y
demás normativa de desarrollo.
Una vez finalice el convenio, Förde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, debe devolver
al MINISDEF los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder.
Cuarta. Financiación.
Los importes máximos de las obligaciones a adquirir totalizan la cantidad de
novecientos diecisiete mil ciento cuatro (917.104) euros, según la siguiente distribución
en cada una de las anualidades (2023 a 2026), con cargo a la aplicación presupuestaria
que se indica de acuerdo con la naturaleza del objeto de este convenio:
2023

Euros

2024

Euros

2025

Euros

2026

Euros

AP. 14.01.121M.122.02. 229.276 229.276 229.276 229.276

Quinta.

Modificación.

Este convenio podrá modificarse durante su vigencia hasta un máximo del veinte por
ciento del importe máximo previsto previa autorización del Ministerio de Hacienda y
Función Pública, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.2.C) de la

cve: BOE-A-2023-20971
Verificable en https://www.boe.es

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