III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20982)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del "Proyecto de consolidación del regadío a partir de la optimización de aguas regeneradas en la isla de Formentera (Islas Baleares)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135609

El acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares recoge
diversos aspectos en relación con los espacios naturales protegidos y de la Red
Natura 2000, así como respecto de otros factores anteriormente analizados
(geomorfología, hidrología, hidrogeología, revegetación y emisión de olores). Concluye
que la información aportada es suficiente para comprender y evaluar los impactos del
proyecto y que las medidas ambientales se consideran positivas y suficientes.
Efectos sobre el paisaje. Señala el promotor que no hay afecciones a componentes
singulares del paisaje, que la presencia de elementos de las obras producirá una merma
de la calidad visual de la zona, de carácter temporal y reversible, y que el impacto visual
del nuevo decantador lamelar estará amortiguado por las instalaciones existentes,
considerándose de baja intensidad.
El documento ambiental recoge, entre otras, las siguientes medidas: ubicación de
parques de maquinaria, instalaciones auxiliares, etc. en zonas de mínimo impacto visual;
retirada periódica de residuos y materiales sobrantes; acondicionamiento de las áreas
afectadas al final de las obras; y la instalación de las estructuras vegetales descritas
anteriormente.
Efectos sobre el patrimonio. Según la documentación obrante en el expediente, no se
ven afectados directamente por el proyecto bienes catalogados del Patrimonio Cultural
de Formentera y, aunque la densidad de yacimientos en la isla es notable, el recinto de
EDAR tiene un riesgo bajo de incidencia arqueológica. Tampoco, se prevé afección por
el desarrollo de las obras en los muros de piedra seca existentes en el interior de dicho
recinto. Por ello, se considera un impacto no significativo supeditado a la aparición de
elementos patrimoniales.
El promotor establece las siguientes medidas: se documentarán todos los bancales y
paredes secas afectadas por la obra, si así lo considera necesario Patrimonio en su
informe/resolución con el fin de presentar al Consell de Formentera la correspondiente
solicitud para actuar sobre ellos en los términos que requiera el proyecto de ejecución; el
seguimiento arqueológico de todos los trabajos de excavación y movimientos de tierra,
previa autorización del Consell; si durante éstos se detectara la presencia de restos
arqueológicos, se actuará de acuerdo con la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, de
Patrimonio Histórico de las Islas Baleares.
El Consell Insular de Formentera remite acuerdo de aprobación del informe del Área
de Patrimonio que concluye que todas las remociones de subsuelo deberán ser
documentadas arqueológicamente, bien en el marco de la intervención arqueológica
preventiva, autorizada por Resolución de 10 de marzo de 2023, que considera suficiente
para garantizar que no se producirán daños al patrimonio arqueológico, o mediante otras
intervenciones que se pudieran tramitar; que los muros de piedra seca que sea inevitable
demoler, siempre en volumen no sustancial, serán restituidas mediante muro de doble
paramento de piedras poco trabajadas, correctamente cuñadas, con relleno de piedra
pequeña en la parte interior y coronamiento con losas; que los impactos no pueden ser
evitados absolutamente mediante modificaciones del proyecto y las medidas adoptadas
previenen daños en el patrimonio arqueológico y minimizan la afección al patrimonio
etnológico.
En base a lo anterior, el promotor deberá tener en cuenta las citadas consideraciones
en la tramitación preceptiva ante la administración competente en materia de patrimonio
cultural.
Vulnerabilidad del proyecto ante el riesgo de accidentes graves o catástrofes. El
documento ambiental incluye un análisis de los diferentes riesgos por catástrofes o
accidentes graves derivados de factores climatológicos adversos, factores geológicos,
inundaciones, fenómenos sísmicos, tsunamis, incendios o vertidos químicos, así como la
vulnerabilidad del proyecto teniendo en cuenta los anteriores y las medidas a adoptar. El
estudio concluye que la vulnerabilidad del proyecto es baja.
La Dirección General de Emergencias e Interior del Gobierno de las Islas Baleares,
informa que no se estiman incrementos del riesgo para las personas y bienes derivados
de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes que impidan la ejecución del mismo.

cve: BOE-A-2023-20982
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Núm. 242