III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-20874)
Decreto 228/2023, de 30 de agosto, por el que se declara bien de interés cultural el "Cerro del Cabezo" de la localidad de Capilla (Badajoz), con la categoría de zona arqueológica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Lunes 9 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 135043

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– Delimitación y justificación del entorno de protección:
No sería posible la declaración de la zona arqueológica que constituye el «Cerro del
Cabezo» sin proteger su entorno inmediato, con el fin de prevenir cualquier afección a
los restos arqueológicos asociados a esta, así como para cuidar su entorno visual y
ambiental inmediato, garantizando la mejor contemplación posible del bien.
Es así como, atendiendo a los parámetros establecidos en el artículo 39.3 de la
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para la
definición de los entornos de protección en elementos de naturaleza arqueológica, se
procede a la delimitación de un área como entorno de protección para el «Cerro del
Cabezo» que se corresponde con 200 m a contar desde los límites que describe la zona
arqueológica.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión de las siguientes parcelas,
afectadas de manera total o parcial, por la delimitación del entorno la Zona Arqueológica,
con las siguientes con las siguientes referencias catastrales:
Referencia catastral

Polígono 5, Parcela 2.

06030A005000020000UQ

Polígono 5, Parcela 3.

06030A005000030000UP

Polígono 5, Parcela 4.

06030A005000040000UL

Polígono 5, Parcela 5.

06030A005000050000UT

Polígono 5, Parcela 9001.

06030A005090010000UF

Polígono 5, Parcela 9014.

06030A005090140000US

Para una mejor comprensión, se incluye el listado de coordenadas de los puntos que
determinan la polilínea que define el entorno de protección de la Zona Arqueológica.

cve: BOE-A-2023-20874
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