III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Becas. (BOE-A-2023-20843)
Acuerdo de 19 de septiembre de 2023, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por el que se convocan becas de formación práctica sobre comunicación institucional relacionada con el Parlamento.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241

Lunes 9 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 134690

Para la valoración de la formación en Comunicación Institucional o Corporativa y
Periodismo (generalista o especializado en los ámbitos político, parlamentario, jurídico o
económico) se tendrán en cuenta los Máster y Programas Oficiales de Doctorado
adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y regulados por el Real
Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las
enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad. También
se valorarán los títulos propios universitarios en Comunicación Institucional o Corporativa
y Periodismo generalista o especializado en los ámbitos político, parlamentario, jurídico o
económico a partir de 20 créditos.
B)

Formación práctica y experiencia profesional, hasta un máximo de 45 puntos.

b.1 Formación práctica y/o experiencia en departamentos de comunicación en
funciones relacionadas con el objeto de la beca.
b.2 Formación práctica y/o experiencia en medios de comunicación en funciones
relacionadas con el objeto de la beca.
La experiencia práctica se evaluará por meses completos y de acuerdo con el
número de horas semanal o la periodicidad de las colaboraciones de acuerdo con la
puntuación detallada en el anexo III.
Por cada práctica o trabajo se deberá aportar un certificado en el que se especifique
su duración, el tipo de contrato, el número de horas semanal, el puesto ocupado y las
tareas desempeñadas. No se tendrán en cuenta las prácticas curriculares o las que
formen parte del máster, posgrado, o curso de especialización. Solo se evaluarán, en su
caso, las que debidamente justifiquen su carácter extracurricular.
C) Idiomas alemán, francés o inglés, hasta un máximo de 5 puntos. Solo se
valorarán los certificados de centros oficiales que acrediten el nivel alcanzado dentro del
Marco Común de Referencia para Lenguas, a partir del B2 o equivalente.
2.

Segunda fase: Entrevista personal.

Los solicitantes que hayan obtenido las puntuaciones más altas en la fase anterior
serán convocados a una entrevista personal que se hará de forma presencial en el
Congreso de los Diputados. El lugar, fecha y hora serán comunicados a cada uno de
ellos oportunamente. La entrevista versará sobre los méritos alegados, preparación en
materias de actualidad, parlamentarias y de comunicación, relacionadas con el objeto de
la beca, así como sobre proyección profesional e idoneidad, pudiendo ser sometidos a
pruebas con el fin de comprobar su conocimiento sobre los méritos alegados.
Octava.

Presentación de la documentación por los adjudicatarios de las becas.

Los adjudicatarios de las becas deberán presentar en el plazo en el que se les
indique certificación original de la titulación universitaria requerida.
Obligaciones del becario.

1. El becario, por el solo hecho de solicitar esta beca, se compromete a aceptar las
bases de la presente convocatoria y las demás normas que resulten de aplicación como
consecuencia de la misma, así como a cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Aceptar la beca concedida en el modo y plazo que en la notificación de
resolución se le indique. De no ser así, se entenderá que el becario renuncia a la misma
y se concederá a quien figure en primer lugar en la relación de suplentes del Acuerdo de
concesión.
b) Cumplir las normas de asistencia y realizar la actividad formativa en horario de
jornada completa en el departamento que se le asigne y con sujeción a las indicaciones
de sus responsables.

cve: BOE-A-2023-20843
Verificable en https://www.boe.es

Novena.