III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20779)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques fotovoltaicos "Recova Solar Ampliación" y "Rabiza Solar Ampliación", de 52,16 MWp/40 MW cada uno y sus infraestructuras de evacuación, en la provincia de Madrid».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 240

Sábado 7 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 134190

– PSFV «Rabiza Solar Ampliación» (modificada tras el primer anuncio de
información pública). La superficie total planteada es de 84,73 ha. Compuesta por un
total de 88.400 módulos de 590 Wp de potencia máxima, con una potencia pico
de 52,156 MWp, instalados sobre seguidores. La evacuación de la energía se realiza a
través de 3 circuitos subterráneos de 30 kV con origen en los centros de transformación,
hasta la «SET Regata», con una potencia nominal entregada en el punto de conexión
de 40 MWn.
2.

Tramitación del procedimiento

A los efectos del artículo 125 del Real Decreto 1955/2000 y el artículo 36 de la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo publica
los siguientes anuncios para la información pública del proyecto: «Boletín Oficial del
Estado» (BOE) número 92, de 18 de abril de 2022; «Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid» (BOCM) número 97, de 25 de abril de 2022; y periódico «ABC», de 18 de abril
de 2022.
Con fecha 14 de julio de 2022, el promotor presenta la variación de diferentes
infraestructuras del proyecto, modificando la ubicación de la PSFV «Rabiza Solar
Ampliación», que al afectar a terrenos no contemplados en la configuración inicial son
sometidas a un nuevo trámite de información pública.
Así mismo, de acuerdo con el artículo 37.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, el órgano sustantivo consultó a las Administraciones públicas
afectadas y personas interesadas sobre los posibles efectos significativos del proyecto.
Con fecha 10 de febrero de 2023, se recibe el expediente para el inicio de la
evaluación de impacto ambiental ordinaria, y tras el análisis formal, se realizó un
requerimiento de subsanación al órgano sustantivo, conforme al artículo 40.1 de la Ley
de evaluación ambiental, al no constar el informe preceptivo previsto en el punto b) del
artículo 37.2, sobre el patrimonio cultural.
El expediente se completa con la recepción de todos los informes preceptivos y las
respuestas del promotor, el 13 de septiembre de 2023.
El anexo I de la presente resolución presenta un cuadro resumen de las consultas
efectuadas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas durante las
dos informaciones públicas, indicando si se ha recibido contestación. Se han recibido
alegaciones de 4 particulares y de varias entidades privadas.
3.

Análisis de alternativas.

El estudio de alternativas analiza y descarta la Alternativa 0 (no realización del
proyecto) justificando que alejaría la posibilidad de cumplimiento, entre otros, del objetivo
vinculante para la UE de generación del 32% (42% en el caso español) de energías
renovables sobre el consumo total de energía final bruta para el 2030. Desde el punto de
vista medioambiental, y basándose en estudios científicos publicados, justifica que la
implantación de las PSFV durante el periodo previsto (unos 25 años) posibilitará el
descanso y la regeneración del suelo, regeneración de hábitats y recuperación de
especies de avifauna afectadas negativamente por la intensificación agrícola, entre otros
beneficios.
El estudio de alternativas de ubicación establece como punto de partida un análisis
de las zonas viables para la implantación de todas las infraestructuras que se están
planteando para el «Nudo Morata 400»: las PSFV «Recova Solar», «Regata Solar»,
«Rabiza Solar», «Mauricio Solar», y «Martiánez Solar» (proyectos en otras tramitaciones
de evaluación ambiental) y las PSFV «Recova Solar Ampliación» y «Rabiza Solar
Ampliación» (objeto de este proyecto); pasillos para líneas eléctricas de evacuación y
posibles ubicaciones para las subestaciones eléctricas de transformación; todo ello

cve: BOE-A-2023-20779
Verificable en https://www.boe.es

a)

Análisis técnico del expediente