III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-20743)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica Convenio con la Fundación TBA 21, para el desarrollo de un proyecto cultural en torno a la sostenibilidad y la creación contemporánea en museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133934
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
Novena.
Protección de datos.
Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten de forma expresa a la
normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal,
comprometiéndose a dar un uso debido a los datos de tal naturaleza que obtengan como
consecuencia del desarrollo del presente convenio.
A tal fin cumplirán lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como en las disposiciones que en materia de protección de datos se
encuentren en vigor a la firma del mismo o que puedan estarlo durante su vigencia.
Décima.
Legislación aplicable y jurisdicción competente.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, el presente convenio quedar fuera de su ámbito de aplicación,
sin perjuicio de la aplicación de los principios de esta Ley para resolver las dudas y
lagunas que pudieran presentarse, según se recoge en el artículo 4 de la citada norma.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución,
resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las
partes de manera amistosa, en el seno de la comisión prevista en la cláusula quinta. A
falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los
órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad y aceptación con cuanto antecede, las partes firman el
presente convenio por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha del
encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, Isaac Sastre de Diego.–
Fundación TBA 21, Rosa Ferré Vázquez.
ANEXO
Presupuesto de gastos asociados al convenio
2023
–
Euros
2024
–
Euros
Aplicación presupuestaria
Servicio de dirección científica del proyecto en el MA.
9.075,00
9.075,00
24.05.333B.227.06
Servicio de dirección científica del proyecto en el MNAS.
9.075,00
9.075,00
24.05.333B.227.06
Servicio de desarrollo de contenidos para la ejecución del proyecto en el MA.
6.050,00
6.050,00
24.05.333B.227.06
Servicio de desarrollo de contenidos para la ejecución del proyecto en el MNAS.
6.050,00
6.050,00
24.05.333B.227.06
Concepto
cve: BOE-A-2023-20743
Verificable en https://www.boe.es
Compromisos económicos Ministerio de Cultura y Deporte (IVA incluido)
Núm. 239
Viernes 6 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133934
El convenio suscrito será puesto a disposición de los ciudadanos en el
correspondiente Portal de Transparencia en aplicación de lo dispuesto en la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno y demás normativa de desarrollo de la misma.
Novena.
Protección de datos.
Las partes manifiestan que conocen, cumplen y se someten de forma expresa a la
normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal,
comprometiéndose a dar un uso debido a los datos de tal naturaleza que obtengan como
consecuencia del desarrollo del presente convenio.
A tal fin cumplirán lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales, así como en las disposiciones que en materia de protección de datos se
encuentren en vigor a la firma del mismo o que puedan estarlo durante su vigencia.
Décima.
Legislación aplicable y jurisdicción competente.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por los artículos 47 y
siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre,
de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico
español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014, el presente convenio quedar fuera de su ámbito de aplicación,
sin perjuicio de la aplicación de los principios de esta Ley para resolver las dudas y
lagunas que pudieran presentarse, según se recoge en el artículo 4 de la citada norma.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución,
resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las
partes de manera amistosa, en el seno de la comisión prevista en la cláusula quinta. A
falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los
órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Y en prueba de conformidad y aceptación con cuanto antecede, las partes firman el
presente convenio por duplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha del
encabezamiento.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, Isaac Sastre de Diego.–
Fundación TBA 21, Rosa Ferré Vázquez.
ANEXO
Presupuesto de gastos asociados al convenio
2023
–
Euros
2024
–
Euros
Aplicación presupuestaria
Servicio de dirección científica del proyecto en el MA.
9.075,00
9.075,00
24.05.333B.227.06
Servicio de dirección científica del proyecto en el MNAS.
9.075,00
9.075,00
24.05.333B.227.06
Servicio de desarrollo de contenidos para la ejecución del proyecto en el MA.
6.050,00
6.050,00
24.05.333B.227.06
Servicio de desarrollo de contenidos para la ejecución del proyecto en el MNAS.
6.050,00
6.050,00
24.05.333B.227.06
Concepto
cve: BOE-A-2023-20743
Verificable en https://www.boe.es
Compromisos económicos Ministerio de Cultura y Deporte (IVA incluido)