III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20739)
Resolución de 29 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Fábrica de bloques en Navantia, en Ferrol (A Coruña)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 133897

La fábrica contará con varias edificaciones exteriores anexas para servicios
complementarios (oficinas, aseos) e instalaciones.
Las principales características del proyecto son las siguientes:
– La estructura portante de la fábrica será metálica, la cimentación será profunda,
con encepados y pilotes bajo los pilares metálicos.
– Los portalones de cerramiento de grandes dimensiones serán de PVC con
apertura automática vertical y bastidor de aluminio, con resistencia al viento similar a la
de la estructura metálica.
– Solera de hormigón reforzado mediante fibras de acero. Se ejecutarán fosos para
la implantación de las máquinas de proceso, mediante solera y muros de hormigón
armado impermeabilizados ya que se encontrarán a cotas con influencia de mareas.
– Instalaciones: Red eléctrica de baja tensión, alumbrado, acometida de
telecomunicaciones, abastecimiento de agua, saneamiento de agua, reutilización de
aguas pluviales, contraincendios, gases especiales y gas natural, aire comprimido y
climatización en oficinas.
El alcance de las actuaciones no incluye maquinaria de proceso, demoliciones,
urbanización exterior, vial de servicio, galerías, ni parte de las instalaciones interiores de
la fábrica.
El promotor traslada que la ejecución del proyecto conlleva mantener o, incluso,
reducir los consumos energéticos y los residuos generados. La fábrica de bloques no
supondrá la ampliación de la capacidad máxima de producción del astillero, ni un
incremento en el empleo de recursos naturales, ni en el volumen de residuos generados,
ni en emisiones o vertidos, ni nuevos riesgos ambientales diferentes de los ya existentes
en el propio astillero.
Durante la fase de obras, se clasificarán los residuos generados, en función de su
naturaleza y su potencial peligrosidad. Se estima un volumen de tierras y piedras de la
excavación de 115.000 m3.
En cumplimiento del Real Decreto 105/2008, por el que se regula la producción y
gestión de los residuos de construcción y demolición, el promotor incluirá en el proyecto
de ejecución un estudio de gestión de los residuos inertes generados. Durante la fase de
uso, los residuos generados se estiman en 1.500 kg/año de residuos peligrosos
y 33.560 kg/año de residuos asimilables a urbanos.
Los residuos con categoría de tóxicos o peligrosos serán recogidos, envasados,
etiquetados y posteriormente trasladados al almacén de residuos de Navantia, para su
posterior gestión a través de un gestor de residuos autorizado. Navantia está inscrita en
el Registro de Productores de Residuos Peligrosos de Galicia y cuenta con una nave
para el almacenamiento de residuos autorizada, situada en la denominada «Campa
Este», cerca de la zona de implantación prevista para la fábrica de bloques.
La Dirección General de la Costa y el Mar del MITECO indica que se deberá contar
con un plan de gestión de residuos generados durante la fase de obra y de uso, que
garantice la mínima aparición de basuras marinas por parte de operarios y potenciales
usuarios.
El documento ambiental incluye el análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante
riesgos de accidentes graves o catástrofes. En cuanto a los riesgos sísmicos,
inundaciones, erosión e incendios indica que la probabilidad de ocurrencia de catástrofes
es muy baja para todos ellos, no tratándose de una zona en la que deban extremarse las
precauciones al respecto. También, recoge, a petición del órgano ambiental, el análisis
de la vulnerabilidad del proyecto frente a temporales de viento y galernas. En este
sentido, el promotor indica que los niveles de seguridad aplicados al diseño estructural
de la fábrica de bloques, de acuerdo con la normativa vigente, se corresponde a un
periodo de retorno de las cargas inducidas por la acción del viento sobre el edificio
de cincuenta años. De este modo, considera en el diseño estructural una velocidad
básica de viento de 104 km/h. Los niveles de seguridad así definidos además de ser
conformes a normativa, son suficientes para asegurar un correcto funcionamiento

cve: BOE-A-2023-20739
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Núm. 239