III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-20683)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Real Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores de opinión del sector de la ganadería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Jueves 5 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 133148

– Logística de los desplazamientos y alojamientos de los participantes en las
misiones, así como también del resto de actividades asociadas a la ejecución de las
Misiones Inversas.
– Acompañamiento y programación de las agendas de los participantes integrantes
de las Misiones Inversas.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por el Colaborador, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los
gastos efectuados por el Colaborador, y una Memoria técnica en la que se describan las
tareas realizadas en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del
presente convenio.
b)

Por parte de ICEX:

– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las Misiones Inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del presente convenio.
Tercera.

Compromiso económico.

El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este Convenio
es de hasta noventa y cinco mil euros (95.000 €), de los cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de setenta mil euros (70.000 €) de los
gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del Convenio, que hayan sido
generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
– Por su parte, el Colaborador financiará hasta un importe máximo de veinticinco mil
euros (25.000 €) de los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula cuarta del
Convenio, que hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
Cuarta.

Gastos elegibles.

– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España;
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino;
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento;
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión;
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.
Por su parte, el Colaborador, con su aportación, financiará:
– Los gastos del viaje (incluidos alojamiento y demás gastos de manutención) que
se produzcan desde el primer punto de destino en España y en la zona destino de la
misión hasta la ciudad de salida del vuelo internacional de retorno;
– El alojamiento en la ciudad de salida si fuera necesario;

cve: BOE-A-2023-20683
Verificable en https://www.boe.es

Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio.
ICEX, con su aportación, financiará: