III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-20685)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Celanova, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un sendero fluvial en el río Sampil, en Celanova (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238
Jueves 5 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133167
Los valores estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor
Añadido incluido, son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de construcción de sendero
fluvial en el río Sampil. Término municipal de Celanova (Ourense): 17.679,70 euros.
– Expropiaciones: 80.000,00 euros.
– Contrato de obras de construcción de sendero fluvial en el río Sampil. Término
Municipal de Celanova (Ourense): incluyendo medidas de seguridad y salud y
tributos: 657.920,00 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras de construcción de sendero fluvial
en el río Sampil. Término municipal de Celanova (Ourense), incluyendo coordinación de
seguridad y salud de las mismas: 8.320,30 euros.
– Liquidación de las obras: 64.000,00 euros.
Cuarta. Anualidades y aportaciones.
1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la
cláusula segunda, cuyo importe total se estima en 827.920 euros (IVA incluido), se
distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento.
No obstante lo anterior, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes
podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la
evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni
del plazo del mismo.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de Celanova se materializarán mediante la
transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica, previa certificación
por esta de los gastos incurridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, procediendo las acciones oportunas
por parte del Organismo de cuenca en caso contrario, incluido el recurso a la vía
ejecutiva. Se ingresarán en la cuenta que el organismo de cuenca tiene abierta en el
Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Quinta.
Tramitación de los expedientes de contratación.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., licitará, adjudicará y gestionará los
contratos de la obra, servicios y cualesquiera otros necesarios para la ejecución del
presente convenio, hasta la terminación definitiva de las obras.
Terrenos.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., realizará las gestiones
administrativas precisas para la obtención de los terrenos, bienes y derechos necesarios
para la ejecución del proyecto de obras, sus modificaciones y posibles obras
complementarias a través de un procedimiento de expropiación forzosa. Sin perjuicio de
la obligación de puesta a disposición de terrenos municipales que figura en la cláusula
novena.
Séptima. Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Celanova tal
cve: BOE-A-2023-20685
Verificable en https://www.boe.es
Sexta.
Núm. 238
Jueves 5 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 133167
Los valores estimados para cada uno de estos conceptos, Impuesto sobre el Valor
Añadido incluido, son los siguientes:
– Asistencia técnica para la redacción del proyecto de construcción de sendero
fluvial en el río Sampil. Término municipal de Celanova (Ourense): 17.679,70 euros.
– Expropiaciones: 80.000,00 euros.
– Contrato de obras de construcción de sendero fluvial en el río Sampil. Término
Municipal de Celanova (Ourense): incluyendo medidas de seguridad y salud y
tributos: 657.920,00 euros.
– Asistencia técnica para la dirección de las obras de construcción de sendero fluvial
en el río Sampil. Término municipal de Celanova (Ourense), incluyendo coordinación de
seguridad y salud de las mismas: 8.320,30 euros.
– Liquidación de las obras: 64.000,00 euros.
Cuarta. Anualidades y aportaciones.
1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la
cláusula segunda, cuyo importe total se estima en 827.920 euros (IVA incluido), se
distribuye según lo previsto en el cuadro que figura como anexo al presente documento.
No obstante lo anterior, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes
podrán promover y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la
evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni
del plazo del mismo.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de Celanova se materializarán mediante la
transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica, previa certificación
por esta de los gastos incurridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, procediendo las acciones oportunas
por parte del Organismo de cuenca en caso contrario, incluido el recurso a la vía
ejecutiva. Se ingresarán en la cuenta que el organismo de cuenca tiene abierta en el
Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Quinta.
Tramitación de los expedientes de contratación.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., licitará, adjudicará y gestionará los
contratos de la obra, servicios y cualesquiera otros necesarios para la ejecución del
presente convenio, hasta la terminación definitiva de las obras.
Terrenos.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., realizará las gestiones
administrativas precisas para la obtención de los terrenos, bienes y derechos necesarios
para la ejecución del proyecto de obras, sus modificaciones y posibles obras
complementarias a través de un procedimiento de expropiación forzosa. Sin perjuicio de
la obligación de puesta a disposición de terrenos municipales que figura en la cláusula
novena.
Séptima. Entrega y recepción de las actuaciones.
1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de Celanova tal
cve: BOE-A-2023-20685
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Sexta.