III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-20685)
Resolución de 26 de septiembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Celanova, sobre la financiación, ejecución y entrega de las obras de construcción de un sendero fluvial en el río Sampil, en Celanova (Ourense).
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 238

Jueves 5 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 133164

EXPONEN
Primero.
Que el Ayuntamiento de Celanova (Ourense) pretende construir un nuevo sendero
por las márgenes del río Sampil partiendo del Areal (en el entorno de las piscinas
municipales) y rematando próximo al núcleo de Mourillós; un paseo fluvial, en las
márgenes del río Sampil, en la zona de expansión del casco urbano de Celanova.
El avanzado estado de abandono de la zona sobre la que se pretende actuar hoy en
día la convierte en prácticamente intransitable e inaccesible, lo que propicia, además,
que el canal del río presente atascos de escombro, ramas y troncos de árboles con
facilidad, causando erosiones y arrastres de materiales que llevan a la destrucción y a
estropear los caminos y propiedades próximas el lecho del río, de modo que resulta
necesario además que se adopten, de manera inmediata, todas las medidas ambientales
con la finalidad de evitar su pérdida así como, en todo caso, garantizar su regeneración.
El tramo de actuación tiene una longitud aproximada de unos 1.320 metros lineales,
iniciando su recorrido por la margen izquierda del cauce, alternándose su trazado por
una margen u otra en función de las características y disponibilidad del terreno y se
rematará, también por la margen izquierda, en el camino de servicio de la carretera de
enlace con la autovía AG-31.
Segundo.
Que a la Confederación Hidrográfica de Miño-Sil, O.A. le corresponde, en el ámbito
de su Demarcación Hidrográfica, la administración y la protección del dominio público
hidráulico, así como el proyecto, la construcción y explotación de las obras realizadas
con cargo a los fondos propios del organismo y las que le sean encomendadas por el
Estado (artículo 23 del Texto Refundido de la Ley de Aguas) para cuya finalidad podrá
establecer convenios con las entidades locales, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 25.2 de la precitada disposición legal.
Tercero.
Que al Ayuntamiento de Celanova le corresponden, entre otras, las competencias en
protección del medio ambiente así como en gestión y conservación de caminos y vías
públicas urbanas y rústicas, según lo dispuesto en los artículos 80 de la Ley 5/1997,
de 22 de julio, reguladora de la administración local de Galicia (en adelante LALG) y 25
de la ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, según
redacción dada a la misma por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y
sostenibilidad de la administración local.

Que conforme a los artículos 143 y 144 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, las Administraciones cooperarán al servicio del
interés general de acuerdo con las técnicas que consideren más adecuadas, como la
cooperación interadministrativa para la aplicación de la normativa reguladora de una
materia o actuaciones de cooperación en materia patrimonial, incluidos los cambios de
titularidad y la cesión de bienes.
Estas relaciones de cooperación, que requieren la aceptación expresa de las partes,
se formularán en acuerdos de los órganos de cooperación o en convenios en los que se
preverán las condiciones y compromisos que se asumen.
Quinto.
Que el artículo 48 de la citada Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece
que las Administraciones Públicas y sus organismos públicos, en el ámbito de sus

cve: BOE-A-2023-20685
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto.