III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20618)
Resolución de 19 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del "Anteproyecto de vial de conexión entre la autovía AC-14 (enlace de A Zapateira) con la autopista AP-9 en la provincia de A Coruña".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237

Miércoles 4 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 132966

correspondientes al periodo nocturno (Lnight), lo hacen entre los 50 dB y los 70 dB.
Respecto a la incidencia de la Autopista AP-9, según los mapas estratégicos de ruido
disponibles, genera unos niveles de presión acústica que suponen que, aproximadamente
en una banda de 200 m de anchura, se soporten niveles Lden ≥ 65 dB y Lnight ≥ 55 dB en
un ámbito aproximadamente coincidente con el tramo final de todas las soluciones, es
decir, con la zona en la que se dispone el enlace del nuevo vial con la AP-9.
Además, se incluye como apéndice II un estudio de ruido del año 2013, el cual
concluye que, para el ámbito territorial donde se plantea el proyecto, existen niveles
acústicos propios de un ambiente periurbano, notablemente urbanizado y dotado de una
profusa red viaria, entre la que destaca la presencia de dos grandes infraestructuras de
transporte que lo enmarcan (AP-9 y AC-14), correspondiéndose la zona centralmeridional del ámbito con la que soporta menores niveles de presión acústica en la
actualidad.
El impacto acústico en fase de construcción se producirá por la ejecución de la
propia infraestructura, así como los movimientos y uso de la maquinaria necesaria. Por
ello, se considera un impacto reversible y recuperable. Se aplican unas medidas
preventivas de carácter general, como el uso de compresores y perforadoras de bajo
nivel sónico, la realización de las revisiones y labores de mantenimiento en la maquinaria
necesarias para asegurar una emisión de ruido dentro de los niveles establecidos en la
legislación y limitación del horario de actividad de la obra, no realizándose entre
las 22:00-8:00. Concluye que no es necesario aplicar medidas correctoras teniendo en
cuenta los resultados obtenidos del Estudio Acústico, la temporalidad de la acción
causante del impacto y la distancia a que se encuentran las zonas habitadas más
próximas.
Como resultado de las estimaciones realizadas y asociadas a la definición actual
(anteproyecto) de las soluciones estudiadas, se identifican una serie de ámbitos
potencialmente afectados por la incidencia acústica en la fase de explotación de los
trazados, a los cuales se asocian una serie de viviendas y centros docentes, para los
que se superan los valores límite de inmisión. Como medida correctora, se establece la
instalación de 11 tramos de pantallas acústicas, con una altura media de 3 metros y una
longitud apantallada total de 2868 m. Con los cálculos realizados y la propuesta de
pantallas acústicas, el EsIA garantiza que durante la fase de explotación la nueva
infraestructura no ocasionará niveles de ruido por encima de los legalmente establecidos
ni aumentará los niveles de ruido existentes en la actualidad.
Igualmente, en las conclusiones del estudio se recomienda que durante la redacción
del proyecto de construcción del nuevo vial de conexión, se lleve a cabo un estudio
acústico más detallado y riguroso debido a que se dispondrá de mayor precisión en el
trazado. Según el EsIA, la magnitud del impacto acústico en esta fase es compatible.
Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

El EsIA incluye una descripción de la vegetación y usos del suelo en la zona.
Fundamentalmente los usos dominantes en la zona de proyecto son los asociados a
usos urbanos, como zonas industriales, comerciales, de servicios y urbanizaciones,
incluyendo la red de infraestructuras asociadas. Las comunidades o formaciones
vegetales dominantes reflejadas en el EsIA son la comunidad de las riberas fluviales
(zonas riparias), bosques caducifolios, matorrales (piornales y brezales), bosques
artificiales (principalmente eucaliptales y pinares) y tierras de labor (cultivos forrajeros,
prados y cultivos anuales). El promotor ha incluido una valoración del interés ambiental
de estas comunidades vegetales en base a cuatro variables (complejidad de las
comunidades, naturalidad, rareza y singularidad), concluyendo que la comunidad de las
riberas fluviales y los bosques caducifolios tienen un interés alto, los matorrales un
interés medio, los bosques artificiales un interés bajo y las tierras de labor un interés muy
bajo.
El EsIA no identifica la presencia de ningún HIC en la zona de actuación según las
fuentes documentales oficiales disponibles, únicamente identifica la presencia en las

cve: BOE-A-2023-20618
Verificable en https://www.boe.es

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