III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2023-20590)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Integración para la Vida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 237
Miércoles 4 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132741
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20590
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Integración para la Vida.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Integración para la Vida.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Luis Sagarra Benito, don Ángel Sagarra
Peniche y la entidad «Integración para la Vida» según resulta de la escritura otorgada
ante la notaria de Benalmádena doña Amelia Marín García, el 11 de noviembre de 2020,
con el número 1.217 de protocolo subsanada por otra otorgada ante la misma notaria,
el 28 de diciembre de 2022 protocolo 1.905.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Camino de la Corta, s/n de Málaga
y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Mejorar la calidad de vida de las personas, familias y/o colectivos vulnerables
(minorías étnicas, migrantes, personas con diversidad funcional, reclusos, exreclusos,
menores, jóvenes, hombres y/o mujeres, adictos, etc.) que se encuentren en una
situación de riesgo y/o desventaja social y/o gran necesidad afectadas por problemas
tales como la pobreza, la exclusión, las adicciones, la prostitución, la soledad, situación
de dependencia, vivir en zonas desfavorecidas o marginales, víctimas de violencia y/o
abusos de cualquier tipo, víctimas de catástrofes, pandemias o accidentes, personas con
enfermedad grave, situación de desempleo prolongado, dificultad de acceso a recursos
sociales, laborales, educativos, sanitarios; o cualquier otra realidad parecida a estas,
atendiéndoles mediante la cobertura de sus necesidades básicas como la alimentación:
el vestido, medicamentos, material escolar, la vivienda, etc., y facilitándoles el acceso a
recursos normalizados que favorezca su desarrollo e inserción.
Trabajar por la promoción e inclusión plena de las personas, familias y/o colectivos
vulnerables y/o en desventaja social mediante una intervención integral, dirigida a cada
persona y/o componente de la unidad familiar atendida, basada en acciones psicosocioeducativas y participativas que les conduzcan al cambio y bienestar del individuo en
diferentes niveles (física, mental, moral, espiritual, intelectual, relaciones
interpersonales...), y mejoren así su acceso a diferentes recursos (empleo, educación,
cve: BOE-A-2023-20590
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 237
Miércoles 4 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132741
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20590
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Integración para la Vida.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Integración para la Vida.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por don Luis Sagarra Benito, don Ángel Sagarra
Peniche y la entidad «Integración para la Vida» según resulta de la escritura otorgada
ante la notaria de Benalmádena doña Amelia Marín García, el 11 de noviembre de 2020,
con el número 1.217 de protocolo subsanada por otra otorgada ante la misma notaria,
el 28 de diciembre de 2022 protocolo 1.905.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en Camino de la Corta, s/n de Málaga
y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Mejorar la calidad de vida de las personas, familias y/o colectivos vulnerables
(minorías étnicas, migrantes, personas con diversidad funcional, reclusos, exreclusos,
menores, jóvenes, hombres y/o mujeres, adictos, etc.) que se encuentren en una
situación de riesgo y/o desventaja social y/o gran necesidad afectadas por problemas
tales como la pobreza, la exclusión, las adicciones, la prostitución, la soledad, situación
de dependencia, vivir en zonas desfavorecidas o marginales, víctimas de violencia y/o
abusos de cualquier tipo, víctimas de catástrofes, pandemias o accidentes, personas con
enfermedad grave, situación de desempleo prolongado, dificultad de acceso a recursos
sociales, laborales, educativos, sanitarios; o cualquier otra realidad parecida a estas,
atendiéndoles mediante la cobertura de sus necesidades básicas como la alimentación:
el vestido, medicamentos, material escolar, la vivienda, etc., y facilitándoles el acceso a
recursos normalizados que favorezca su desarrollo e inserción.
Trabajar por la promoción e inclusión plena de las personas, familias y/o colectivos
vulnerables y/o en desventaja social mediante una intervención integral, dirigida a cada
persona y/o componente de la unidad familiar atendida, basada en acciones psicosocioeducativas y participativas que les conduzcan al cambio y bienestar del individuo en
diferentes niveles (física, mental, moral, espiritual, intelectual, relaciones
interpersonales...), y mejoren así su acceso a diferentes recursos (empleo, educación,
cve: BOE-A-2023-20590
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.