V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-28568)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 26 de septiembre de 2023, del tramo de costa de unos veinte mil seiscientos noventa y un (20.691) metros de longitud, correspondiente a los términos municipales de Banyalbufar, Estellencs y Puigpunyent (Mallorca, Illes Balears). Refª DES01/99/07/0008-DES10/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de octubre de 2023

Sec. V-B. Pág. 46767

comunidad autónoma de las Illes Balears, y solicitaba la revisión del límite
portuario que se señalaba en los planos.
No se recibieron informes de la Conselleria de Medi Ambient i Territori, el
Consell Insular de Mallorca, ni de los Ayuntamientos de Banyalbufar, Estellencs y
Puigpunyent en el plazo concedido, por lo que, trascurrido el plazo de un mes
desde la solicitud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.2.b del
Reglamento General de Costas, aprobado por R.D. 876/2014 de 10 de octubre, se
entendió que emitía el informe favorable.
VIII) Elaborados los planos de delimitación provisional de la zona de dominio
público y la de servidumbre de protección, y obtenidos de la Sede Electrónica de la
Dirección General de Catastro los planos catastrales y las certificaciones
catastrales descriptivas y gráficas de los inmuebles afectados, se confeccionó la
relación de titulares de fincas colindantes, que fue remitida al Registro de la
Propiedad de Palma n.º 8 y n.º 10, el 13 de octubre de 2021, interesando la
certificación de dominio y cargas a la que se refiere el artículo 21 del Reglamento
General de Costas.
Los Registros de la Propiedad comunicaron que con la documentación
catastral no podían identificar las fincas registrales afectadas.
IX) Se procedió a la citación individual para el acto de apeo a los titulares
afectados, mediante escritos de fecha 15 de noviembre de 2021. También se
publicó edicto en el Suplemento de Notificaciones del Boletín Oficial del Estado, a
los efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para
notificación a posibles interesados desconocidos.
El acto de apeo se produjo el día 14 de diciembre de 2021. En este acto se
comunicó a los interesados que según lo previsto en el artículo 22 del Reglamento
General de Costas disponían de 15 días para presentar alegaciones y, en su caso,
proponer una delimitación alternativa. Se levantó la correspondiente Acta.
Tras la realización del apeo, se recibieron las siguientes alegaciones:
- D. Jordi Prats Ferrusola y D.ª Esther Amorós Sánchez (vértices 391-397 y
396-402) reiteraron sus alegaciones previas.
- Proyectos Son Coll, S.L. (vértices 557-573) solicitó que se mantenga el
deslinde de zona marítimo-terrestre aprobado por O.M. el 25 de julio de 1970
desplazando la delimitación propuesta hacia el exterior.
X) Tras la información pública y el apeo, y como consecuencia de la revisión
del expediente y del estudio de las alegaciones, la Demarcación de Costas realizó
las siguientes modificaciones no sustanciales en la delimitación provisional:
- Entre los vértices 396A-396E y 556-564 se desplaza la delimitación del
dominio público marítimo-terrestre hacia el exterior, y entre los vértices 399A y
399B hacia el interior, para ajustarla hasta donde alcanzan las olas en los mayores
temporales conocidos, según el estudio de alcance del oleaje efectuado y que
consta en el Anejo 5 de la memoria del proyecto de deslinde de diciembre de 2022.
- Entre los vértices 572 a 573 se ajusta la anchura de la servidumbre de
protección hacia el interior (anchura de esta servidumbre comprendida entre 20 y
aproximadamente 30 m), para adaptarla al límite urbano-rústico de las Normas
Subsidiarias de Planeamiento aprobadas en diciembre de 1985.

cve: BOE-B-2023-28568
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Núm. 237