II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria. (BOE-A-2023-20512)
Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la selección y nombramiento de personal funcionario interino del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 132390
El candidato propuesto o la candidata propuesta, deberá presentar la documentación
que se señala en la base 2 en los cinco días siguientes al de la notificación que se le
haga de su nombramiento, en el Centro Penitenciario donde va a ser nombrado.
7.2 Si una vez efectuado el nombramiento, alguno de los funcionarios interinos o
alguna de las funcionarias interinas perdiera tal condición, se podrá sustituir por el
siguiente candidato o candidata de la relación.
7.3 La inclusión en la relación de candidatos y candidatas servirá únicamente para
el futuro nombramiento de funcionarios interinos y funcionarias interinas para hacer
frente a situaciones de exceso o acumulación de tareas, según lo establecido en el
artículo 10.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin que
de dicha inclusión puedan derivarse otras obligaciones y derechos.
7.4 La relación de candidatos y candidatas que resulte de la presente convocatoria
tendrá una vigencia de veinticuatro meses desde su publicación, salvo que antes se
publiquen nuevas relaciones que las sustituyan.
7.5 La inclusión en la relación de candidatos y candidatas objeto de la presente
convocatoria de los aspirantes que superen el proceso selectivo, se efectuará de
acuerdo con la puntuación total obtenida.
8.
Gestión de las relaciones de candidatos y candidatas
8.1 La gestión de la relación de candidatos y candidatas estará encomendada a la
Subdirección General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias.
Una vez formalizada la preceptiva autorización de nombramiento de funcionarios interinos
y funcionarias interinas, el centro gestor que corresponda procederá a ofertar el nombramiento
por riguroso orden de integrantes de la relación de candidatos y candidatas. Estas ofertas se
podrán realizar telefónicamente, comenzando por el candidato o la candidata que ocupe el
primer lugar de la relación, comunicándoles la documentación que deben presentar para poder
ser nombrados funcionarios interinos o funcionarias interinas.
En el caso de que no se localizase al candidato o candidata, o habiendo sido citado de
forma adecuada no se presentase en el día y lugar indicados o no presentase la
documentación requerida, se ofertará el nombramiento al candidato o candidata que ocupe el
siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente, hasta la cobertura de la plaza autorizada.
Las personas candidatas que hayan sido convocadas, incluso telefónicamente, y no se
encuentren localizables o no comparezcan, perderán su puesto en la relación. Salvo que los
candidatos y las candidatas expresen su renuncia definitiva o sean excluidos por la causa
señalada en la base 9, volverán a ser llamados nuevamente cuando corresponda, una vez
agotada la relación de candidatos y candidatas y conforme al sistema rotativo de la misma.
Exclusiones y revocaciones
9.1 Será causa de exclusión de la relación de candidatos y candidatas el rechazar una
oferta de nombramiento sin causa justificada.
9.2 El cese de los funcionarios interinos y las funcionarias interinas se producirá, además
de por las causas previstas en el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado,
cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.
10. Mantenimiento del número de orden
Mantendrán su número de orden en la lista:
– Quienes se encuentren en situación de enfermedad, siempre que acrediten dicha
situación mediante la documentación médica oficial correspondiente o concurra alguna
causa de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
cve: BOE-A-2023-20512
Verificable en https://www.boe.es
9.
Núm. 236
Martes 3 de octubre de 2023
Sec. II.B. Pág. 132390
El candidato propuesto o la candidata propuesta, deberá presentar la documentación
que se señala en la base 2 en los cinco días siguientes al de la notificación que se le
haga de su nombramiento, en el Centro Penitenciario donde va a ser nombrado.
7.2 Si una vez efectuado el nombramiento, alguno de los funcionarios interinos o
alguna de las funcionarias interinas perdiera tal condición, se podrá sustituir por el
siguiente candidato o candidata de la relación.
7.3 La inclusión en la relación de candidatos y candidatas servirá únicamente para
el futuro nombramiento de funcionarios interinos y funcionarias interinas para hacer
frente a situaciones de exceso o acumulación de tareas, según lo establecido en el
artículo 10.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, sin que
de dicha inclusión puedan derivarse otras obligaciones y derechos.
7.4 La relación de candidatos y candidatas que resulte de la presente convocatoria
tendrá una vigencia de veinticuatro meses desde su publicación, salvo que antes se
publiquen nuevas relaciones que las sustituyan.
7.5 La inclusión en la relación de candidatos y candidatas objeto de la presente
convocatoria de los aspirantes que superen el proceso selectivo, se efectuará de
acuerdo con la puntuación total obtenida.
8.
Gestión de las relaciones de candidatos y candidatas
8.1 La gestión de la relación de candidatos y candidatas estará encomendada a la
Subdirección General de Recursos Humanos de la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias.
Una vez formalizada la preceptiva autorización de nombramiento de funcionarios interinos
y funcionarias interinas, el centro gestor que corresponda procederá a ofertar el nombramiento
por riguroso orden de integrantes de la relación de candidatos y candidatas. Estas ofertas se
podrán realizar telefónicamente, comenzando por el candidato o la candidata que ocupe el
primer lugar de la relación, comunicándoles la documentación que deben presentar para poder
ser nombrados funcionarios interinos o funcionarias interinas.
En el caso de que no se localizase al candidato o candidata, o habiendo sido citado de
forma adecuada no se presentase en el día y lugar indicados o no presentase la
documentación requerida, se ofertará el nombramiento al candidato o candidata que ocupe el
siguiente puesto en la relación, y así sucesivamente, hasta la cobertura de la plaza autorizada.
Las personas candidatas que hayan sido convocadas, incluso telefónicamente, y no se
encuentren localizables o no comparezcan, perderán su puesto en la relación. Salvo que los
candidatos y las candidatas expresen su renuncia definitiva o sean excluidos por la causa
señalada en la base 9, volverán a ser llamados nuevamente cuando corresponda, una vez
agotada la relación de candidatos y candidatas y conforme al sistema rotativo de la misma.
Exclusiones y revocaciones
9.1 Será causa de exclusión de la relación de candidatos y candidatas el rechazar una
oferta de nombramiento sin causa justificada.
9.2 El cese de los funcionarios interinos y las funcionarias interinas se producirá, además
de por las causas previstas en el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado,
cuando finalice la causa que dio lugar a su nombramiento.
10. Mantenimiento del número de orden
Mantendrán su número de orden en la lista:
– Quienes se encuentren en situación de enfermedad, siempre que acrediten dicha
situación mediante la documentación médica oficial correspondiente o concurra alguna
causa de fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.
cve: BOE-A-2023-20512
Verificable en https://www.boe.es
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