III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-20557)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Carlos III de Madrid, por el que se articula la colaboración para proceder a la ejecución de las actividades de formación que constituyen parte de la actividad subvencionada en el marco del procedimiento de concurrencia competitiva convocado por Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de octubre de 2023

Sec. III. Pág. 132551

Comunidad de Madrid, de conformidad con las facultades que tiene atribuidas por el
artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y el
artículo 47 de los Estatutos de la Universidad Carlos III aprobados por Decreto 1/2003,
de 9 de enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, modificados por
Decreto 95/2009, de 12 de noviembre.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I. Entre las funciones atribuidas a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de
Inclusión y Previsión Social se hallan la definición de objetivos de inclusión y desarrollo
de un sistema de indicadores con los que llevar a cabo la medición, seguimiento y
evaluación de las políticas de inclusión, así como el seguimiento, evaluación y revisión
de las políticas, programas y estrategias de inclusión y prestaciones sociales, destinadas
a garantizar la inclusión.
Para su mejor ejecución se considera necesario fomentar la formación y la
investigación en los campos propios de su actividad, a través de la concesión de
subvenciones dirigidas a las Universidades y/o centros académicos oficiales de
postgrado, para su distribución en forma de becas a estudiantes, contribuyendo de este
modo al cumplimiento de un fin de indudable utilidad pública como es la elevación del
nivel académico general existente en las Universidades y centros académicos, además
de favorecer la actividad científica, el fomento de la investigación, el estudio de su
impacto y evaluación y el impulso general de la formación académica de carácter
práctico en relación con el ámbito propio del departamento.
Así mismo, al considerarse la formación práctica del alumnado de alto interés para la
sociedad como beneficiaria final de su mejor preparación profesional y siendo sensible la
Secretaría General a la situación específica de inserción laboral de las personas jóvenes,
desea contribuir a completar su formación mediante la realización de prácticas externas
en un entorno acorde con la realidad diaria del ámbito profesional en el que desarrollarán
su actividad futura, permitiéndoles aplicar y complementar los conocimientos adquiridos
en su formación académica, favoreciendo la adquisición de competencias que los
prepare para el ejercicio de actividades profesionales, facilite su empleabilidad y fomente
su capacidad de emprendimiento.
II. Por su parte, la Universidad Carlos III de Madrid es una Institución de derecho
público encargada de la prestación del servicio público de la educación superior, que
desarrolla mediante la investigación, la docencia y el estudio. Entre sus fines se
encuentran la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia y la cultura; así
como la promoción del desarrollo tecnológico, la transferencia de la tecnología y la
innovación como aplicación de los resultados de la investigación universitaria.
III. En el ámbito del departamento se aprobó la Orden ISM/760/2022, de 2 de
agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en
régimen de concurrencia competitiva a universidades y otros centros académicos, para
el fomento de la formación y la investigación en el ámbito del análisis de las políticas de
inclusión, así como la Resolución de 12 de septiembre de 2022 de la Secretaría General
de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, se convocaron las ayudas para el
año 2022.
IV. Tras la correspondiente tramitación, por Resolución de 17 de noviembre
de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión
Social, se resolvió el procedimiento de concurrencia competitiva, siendo la Universidad
Carlos III de Madrid una de las entidades beneficiarias de las ayudas.
V. De acuerdo con el artículo 6, apartados 1 y 2, de las Bases Reguladoras, las
entidades beneficiarias suscribirán un convenio con el MISSM, que incluya la articulación
del proceso de selección del alumnado participante, que, en todo caso, respetará los
principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no

cve: BOE-A-2023-20557
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Núm. 236