III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-20494)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio entre la Universidad Autónoma de Madrid, el Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III, F.S.P., y la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario de La Princesa, para la realización del Programa de actividades de I+D: "Sistemas celulares y moleculares integrados en fisiopatología inmune-inflamatoria" de la convocatoria de Programas de Investigación en Biomedicina 2022 de la Comunidad de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132296
Séptima.
Todas las partes se obligan a adoptar las medidas oportunas para respetar la
confidencialidad y asegurar el tratamiento de los datos de carácter personal así como al
cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos –Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril–, de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como demás normativa que
resulte de aplicación.
Del tratamiento de los datos de carácter personal se dará la correspondiente
información a los interesados, con el contenido que contempla la legislación referenciada
de protección de datos de carácter personal.
Cada parte será responsable de sus correspondientes tratamientos de datos de
carácter personal y del absoluto respeto a la normativa de protección de datos.
Octava.
La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la de todo lo
contenido en las bases reguladoras establecidas mediante Orden 2092/2017 y en las
normas fijadas en la convocatoria aprobada por Orden 1171/2022, así como en la
Orden 3755/2022 por la que se resuelve la convocatoria de estas ayudas y en el resto de
normativa reguladora.
El presente convenio se encuentra sometido al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y tiene su fundamento en lo establecido en el
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y
aplicación del presente convenio se resolverán en el seno del Comité de Gestión y,
aquellas que no puedan ser resueltas de común acuerdo, se resolverán por las normas
aplicables en Derecho y serán de la competencia de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2023-20494
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio a un solo efecto,
el 20 de septiembre de 2023.–El Vicerrector de Política Científica de la Universidad
Autónoma de Madrid (UAM), Daniel Jaque García.–El Vicepresidente de Organización y
Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.–El Director Gerente y representante
legal del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (F.S.P), Alberto
Sanz Belmar.–La Directora de la Fundación La Princesa, María del Rosario Ortiz de
Urbina Barba.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 235
Lunes 2 de octubre de 2023
Sec. III. Pág. 132296
Séptima.
Todas las partes se obligan a adoptar las medidas oportunas para respetar la
confidencialidad y asegurar el tratamiento de los datos de carácter personal así como al
cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos –Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril–, de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como demás normativa que
resulte de aplicación.
Del tratamiento de los datos de carácter personal se dará la correspondiente
información a los interesados, con el contenido que contempla la legislación referenciada
de protección de datos de carácter personal.
Cada parte será responsable de sus correspondientes tratamientos de datos de
carácter personal y del absoluto respeto a la normativa de protección de datos.
Octava.
La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la de todo lo
contenido en las bases reguladoras establecidas mediante Orden 2092/2017 y en las
normas fijadas en la convocatoria aprobada por Orden 1171/2022, así como en la
Orden 3755/2022 por la que se resuelve la convocatoria de estas ayudas y en el resto de
normativa reguladora.
El presente convenio se encuentra sometido al régimen jurídico de convenios
previsto en el capítulo VI, título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y tiene su fundamento en lo establecido en el
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Las dudas y controversias que puedan surgir con motivo de la interpretación y
aplicación del presente convenio se resolverán en el seno del Comité de Gestión y,
aquellas que no puedan ser resueltas de común acuerdo, se resolverán por las normas
aplicables en Derecho y serán de la competencia de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2023-20494
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, las partes firman el presente convenio a un solo efecto,
el 20 de septiembre de 2023.–El Vicerrector de Política Científica de la Universidad
Autónoma de Madrid (UAM), Daniel Jaque García.–El Vicepresidente de Organización y
Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones
Científicas, M.P. (CSIC), Carlos Closa Montero.–El Director Gerente y representante
legal del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares Carlos III (F.S.P), Alberto
Sanz Belmar.–La Directora de la Fundación La Princesa, María del Rosario Ortiz de
Urbina Barba.
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