II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-20469)
Resolución de 14 de septiembre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en Escalas de los Subgrupos A1, C1 y C2.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 235

Lunes 2 de octubre de 2023

Sec. II.B. Pág. 132020

9.4 Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los
acuerdos definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá
interponer recurso de alzada ante el rector en los plazos y formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
9.5 El Tribunal le remitirá al Gerente la relación definitiva de las personas
aspirantes aprobadas por el orden de la puntuación final, con la propuesta de que se les
formalice el correspondiente nombramiento. En caso de que alguna de las personas de
esa relación, renunciara o no cumpliera con alguno de los requisitos, se requerirá del
Tribunal una noticia relación en la que figure la persona que sustituye a quién no es
posible nombrar.
10.

Presentación de documentos y nombramiento

10.1 En el plazo de veinte días hábiles a partir del día siguiente a aquel en que se
publique la relación definitiva de personas aprobadas en las pruebas selectivas, éstas
deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración y Servicios de la
Universidade da Coruña (rúa de la Mestranza, 9) la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria y los siguientes documentos:

10.2 Las personas que tuvieran la condición de funcionarios públicos de la
Universidade da Coruña estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y
demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento.
10.3 Las personas que, dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no
presentaran la documentación, o del examen de esta, si dedujera que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de
carrera de la escala técnica de la Universidade da Coruña y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurrieran por falsedad en la
solicitud inicial.
10.4 Por resolución de la autoridad convocante, y la propuesta del Tribunal
calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/las de carrera de la escala
técnica de la Universidade da Coruña mediante resolución que se publicará en el «Diario
Oficial de Galicia».
10.5 La petición de destinos por parte de los/as aspirantes aprobados/as, deberá
realizarse en el plazo de cinco días hábiles, tras la oferta de estos por parte de la
Gerencia.
10.6 La toma de posesión se efectuará en el plazo máximo de un mes, a contar
desde el día siguiente a la fecha de publicación en el «Diario Oficial de Galicia» del
nombramiento de funcionario/a de carrera.

cve: BOE-A-2023-20469
Verificable en https://www.boe.es

a) Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos
de la Unión Europea en vigor.
b) Fotocopia compulsada del título exigido para acceder a las pruebas.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante
expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración pública ni estar
inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas. Las personas aspirantes que no
posean la nacionalidad española deberán presentar declaración o promesa de no estar
sometidas la sanción disciplinaria o condena penitenciaria que inhabilite en su Estado el
acceso a la función pública.
d) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico
que lo/a imposibiliten para el servicio.
e) Los aspirantes que hicieran valer su condición de personas con discapacidad,
deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social que acredite tal condición, e igualmente deberán presentar certificado
de los citados órganos o de la Administración sanitaria acreditativo de la compatibilidad
con el desarrollo de las tareas y funciones correspondientes.