III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-20378)
Resolución de 28 de septiembre de 2023, de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 25 de septiembre de 2023, por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al Proyecto balsa general de regulación de la Comunidad de Usuarios de Aguas de la Comarca de Níjar, en el paraje del Jabonero. T.M. de Níjar (Almería), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española. Fase I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 131725
con los requisitos establecidos en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros
de 11 de julio de 2023, es decir, se acredita que los recursos hídricos del proyecto están
contemplados en el Plan Hidrológico vigente de la demarcación hidrográfica
correspondiente y no se han encontrado incoherencias entre estas demandas y los
objetivos medioambientales, la asignación de esos recursos, los demás usos del agua, el
programa de medidas, el régimen de caudales ecológicos y otras determinaciones del plan
hidrológico. Asimismo, se identifican a efectos de extracción y retorno las masas de agua
afectadas, incluidas sus estados ecológico, químico y global. Anexo IV.
f) Informe favorable de la Administración competente sobre seguridad de presas,
embalses y balsas, según lo dispuesto por los artículos 360 y 362.2 b) del Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985,
de 2 de agosto, de Aguas, en caso de que la actuación requiera una o más balsas, como
elementos de almacenamiento o regulación de sistemas de riego para la consecución de
los objetivos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos
(Inversión C3.I1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia). Anexo V.
Tercero. Exclusión de la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Constatado el cumplimiento de las condiciones establecidas en el protocolo
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de julio de 2023, se excluye de la
evaluación de impacto ambiental establecida en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, en virtud del artículo 8.3 de la misma, el proyecto «Balsa General
de Regulación de la Comunidad de Usuarios de Aguas de la Comarca de Níjar, en el
paraje del Jabonero. T.M. De Níjar (Almería)».
Cuarto.
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cve: BOE-A-2023-20378
Verificable en https://www.boe.es
El órgano sustantivo publicará el acuerdo de exclusión y los motivos que lo justifican
en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, comunicará esta información a la Comisión
Europea.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 131725
con los requisitos establecidos en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros
de 11 de julio de 2023, es decir, se acredita que los recursos hídricos del proyecto están
contemplados en el Plan Hidrológico vigente de la demarcación hidrográfica
correspondiente y no se han encontrado incoherencias entre estas demandas y los
objetivos medioambientales, la asignación de esos recursos, los demás usos del agua, el
programa de medidas, el régimen de caudales ecológicos y otras determinaciones del plan
hidrológico. Asimismo, se identifican a efectos de extracción y retorno las masas de agua
afectadas, incluidas sus estados ecológico, químico y global. Anexo IV.
f) Informe favorable de la Administración competente sobre seguridad de presas,
embalses y balsas, según lo dispuesto por los artículos 360 y 362.2 b) del Real
Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985,
de 2 de agosto, de Aguas, en caso de que la actuación requiera una o más balsas, como
elementos de almacenamiento o regulación de sistemas de riego para la consecución de
los objetivos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos
(Inversión C3.I1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia). Anexo V.
Tercero. Exclusión de la evaluación de impacto ambiental del proyecto.
Constatado el cumplimiento de las condiciones establecidas en el protocolo
aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros del 11 de julio de 2023, se excluye de la
evaluación de impacto ambiental establecida en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental, en virtud del artículo 8.3 de la misma, el proyecto «Balsa General
de Regulación de la Comunidad de Usuarios de Aguas de la Comarca de Níjar, en el
paraje del Jabonero. T.M. De Níjar (Almería)».
Cuarto.
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Verificable en https://www.boe.es
El órgano sustantivo publicará el acuerdo de exclusión y los motivos que lo justifican
en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, comunicará esta información a la Comisión
Europea.
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