III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-20380)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre la Administración General del Estado, el Consorcio Regional de Transportes de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la adaptación del carril izquierdo de la Autovía A-2 como carril Bus-Vao, en ambos sentidos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 131741
Validez de las cláusulas del convenio.
Se declaran vigentes en los términos en que fueron acordadas las cláusulas del
convenio suscrito el 21 de octubre de 2019 que no hayan sido objeto de modificación en
la adenda número 1 suscrita el 22 de septiembre de 2021 y en la presente adenda
número 2.
Quinta.
Eficacia de la adenda.
La modificación del convenio por esta adenda adquirirá eficacia a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Asimismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-20380
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, los comparecientes firman por cuadriplicado ejemplar y a
un solo efecto la presenta adenda, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La
Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre), el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Francisco
David Lucas Parrón.–El Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico,
Pere Navarro Olivella.–El Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional
de Transportes Públicos Regulares de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.–El Delegado de
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid,
Francisco de Borja Carabante Muntada.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 234
Sábado 30 de septiembre de 2023
Cuarta.
Sec. III. Pág. 131741
Validez de las cláusulas del convenio.
Se declaran vigentes en los términos en que fueron acordadas las cláusulas del
convenio suscrito el 21 de octubre de 2019 que no hayan sido objeto de modificación en
la adenda número 1 suscrita el 22 de septiembre de 2021 y en la presente adenda
número 2.
Quinta.
Eficacia de la adenda.
La modificación del convenio por esta adenda adquirirá eficacia a partir de su
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal. Asimismo, se procederá a su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado», de conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
cve: BOE-A-2023-20380
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, los comparecientes firman por cuadriplicado ejemplar y a
un solo efecto la presenta adenda, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–La
Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre), el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Francisco
David Lucas Parrón.–El Presidente del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico,
Pere Navarro Olivella.–El Presidente del Consejo de Administración del Consorcio Regional
de Transportes Públicos Regulares de Madrid, Jorge Rodrigo Domínguez.–El Delegado de
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid,
Francisco de Borja Carabante Muntada.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X