III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-20388)
Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre S.M.E. Instituto Nacional de Ciberseguridad de España, M.P., SA, e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., para la internacionalización de la industria de la ciberseguridad en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 30 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 131814

por delegación de competencias del Consejo de Administración acordada mediante
Resolución de 30 de septiembre de 2021 («Boletín Oficial del Estado» núm. 243, de 11
de octubre de 2021).
Doña María Peña Mateos declara ausencia de conflicto de intereses (DACI) en la
firma del presente convenio, manifestando que no se encuentra incursa en ninguna
situación que pueda calificarse de conflicto de intereses o de causa de abstención, y se
compromete a poner en conocimiento, sin dilación, cualquier situación de conflicto de
intereses o causa de abstención que dé, o pudiera dar lugar, a dicho escenario, y, así
mismo, que es conocedora de las consecuencias que pudieran derivarse de la falsedad
de una declaración de ausencia de conflicto de intereses.
INCIBE e ICEX podrán ser en adelante denominadas conjuntamente como «las
Partes» e individualmente cada una de ellas como «la Parte».
Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia
suficiente para otorgar el presente documento y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que, con fecha 31 de diciembre de 2022, INCIBE e ICEX suscribieron un
convenio para la internacionalización de la industria de la Ciberseguridad (en adelante, el
convenio), con el fin de fijar las condiciones en las que se desarrollará su colaboración
para el desarrollo de actuaciones de impulso a la industria española de la
Ciberseguridad, tanto mediante la creación de un entorno adecuado que propicie el
surgimiento y desarrollo de nuevas empresas del sector, como mediante la aceleración
de empresas emergentes ya existentes, y apoyando la expansión internacional del
conjunto del sector, considerando sus respectivas competencias y fines.
II. Que, dado que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR),
alineado con el Plan España Digital 2025, incluye acciones orientadas a promover la
digitalización y la ciberseguridad en las Administraciones Públicas, empresas y modelo
productivo y, en concreto, al impulso a la internacionalización de la industria de
Ciberseguridad, de acuerdo con lo establecido en la Línea de Acción 6, Palanca 1, Eje 2,
Inversión 7 de su Componente 15, se había previsto en el citado convenio de 31 de
diciembre de 2022 que la aportación económica a realizar por INCIBE se financiase con
cargo al PRTR, en cumplimiento de los compromisos asumidos por esta organización en
dicho Plan.
III. Que, a pesar de lo anterior, y como consecuencia de ciertas actuaciones a
ejecutar en el ámbito del convenio por empresas extranjeras y fuera del territorio
nacional, es de interés para ambas partes que INCIBE se reserve la facultad de abonar
parte de las actuaciones comprometidas en el convenio con fondos propios ordinarios.
IV. Que, en su cláusula séptima, se estipula que el convenio es susceptible de
modificación por acuerdo expreso de las Partes que quedará plasmado en documento
aparte, denominado adenda, que será firmado por ambas y quedará unido al convenio
formando parte del mismo.
Que, en virtud de lo anterior, INCIBE e ICEX acuerdan suscribir la presente adenda
de modificación del convenio de 31 de diciembre de 2022, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación de la cláusula primera del convenio relativa a su objeto.
Las Partes acuerdan modificar la cláusula primera del convenio para señalar que la
actividad de INCIBE en ámbito del mismo, se enmarca en parte en los Hitos 245 y 248
del CID del PRTR, sin perjuicio de que determinadas actuaciones puedan ejecutarse y

cve: BOE-A-2023-20388
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Núm. 234