III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-20149)
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador mercantil central III, por la que se deniega reserva de denominación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130572
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20149
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador mercantil central III, por la que se deniega reserva de
denominación.
En el recurso interpuesto por doña M. S. F. contra la nota de calificación extendida
por el registrador mercantil central III, don Francisco Javier Pérez Velázquez, por la que
se deniega reserva de denominación.
Hechos
I
Solicitada certificación negativa relativa a la denominación «Treserres Soluciones
Sostenibles SL», fue objeto de certificación denegatoria el día 21 de abril de 2023.
La interesada solicitó la expedición de una explicación en la que el registrador
Mercantil Central expresase los motivos de la denegación, que no se consignaron en la
certificación, debido a su carácter esquemático.
El contenido de la nota de calificación así expedida era el siguiente:
«Consultado el Registrador acerca de la calificación de la denominación solicitada,
ponemos en su conocimiento lo siguiente:
II
Contra la anterior nota de calificación, doña M. S. F. interpuso recurso el día 23 de
mayo de 2023 en virtud de escrito y en base, resumidamente, a los siguientes motivos:
Primero. Que previamente había solicitado idéntica denominación, que fue objeto
de certificación de concesión en fecha 5 de octubre de 2022, y Que debido al transcurso
del plazo de vigencia de la certificación de seis meses, dicha reserva quedó sin efecto,
siendo solicitada una nueva.
cve: BOE-A-2023-20149
Verificable en https://www.boe.es
Cuando, con posterioridad al transcurso del plazo de 6 meses de reserva de
denominación, tiene nueva entrada en estas oficinas una solicitud de certificación de
dicha denominación, ésta se somete a la calificación del Registrador Mercantil Central,
de acuerdo con lo previsto en el art. 411 RRM.
Dicha calificación se efectúa de acuerdo con los datos obrantes en este Registro en
el momento de presentación de la nueva solicitud, y los criterios vigentes contemplados
en el vigente Reglamento del Registro Mercantil y en la Orden Ministerial de 30/12/91
sobre el Registro Mercantil Central, no siendo preceptivo tener en consideración
anteriores reservas que existieran de dicha denominación.
Existe la denominación “Soluciones Sostenibles SL” y “3R3 Soluciones Sostenibles
SL” –entre otras–, que presenta identidad con la denominación por Ud. solicitada, de
acuerdo con lo establecido en el art. 408.1 RRM (notoria similitud fonética).
Se sugiere que presenten nueva solicitud, consistente en la adición a la
denominación solicitada, de un término diferenciador entre denominaciones, que no se
encuentre incluido en la relación de términos genéricos que pueden consultar en
www.rmc.es -denominaciones- información denominaciones. Eviten también añadir
exclusivamente provincias, municipios o números».
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130572
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
20149
Resolución de 26 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador mercantil central III, por la que se deniega reserva de
denominación.
En el recurso interpuesto por doña M. S. F. contra la nota de calificación extendida
por el registrador mercantil central III, don Francisco Javier Pérez Velázquez, por la que
se deniega reserva de denominación.
Hechos
I
Solicitada certificación negativa relativa a la denominación «Treserres Soluciones
Sostenibles SL», fue objeto de certificación denegatoria el día 21 de abril de 2023.
La interesada solicitó la expedición de una explicación en la que el registrador
Mercantil Central expresase los motivos de la denegación, que no se consignaron en la
certificación, debido a su carácter esquemático.
El contenido de la nota de calificación así expedida era el siguiente:
«Consultado el Registrador acerca de la calificación de la denominación solicitada,
ponemos en su conocimiento lo siguiente:
II
Contra la anterior nota de calificación, doña M. S. F. interpuso recurso el día 23 de
mayo de 2023 en virtud de escrito y en base, resumidamente, a los siguientes motivos:
Primero. Que previamente había solicitado idéntica denominación, que fue objeto
de certificación de concesión en fecha 5 de octubre de 2022, y Que debido al transcurso
del plazo de vigencia de la certificación de seis meses, dicha reserva quedó sin efecto,
siendo solicitada una nueva.
cve: BOE-A-2023-20149
Verificable en https://www.boe.es
Cuando, con posterioridad al transcurso del plazo de 6 meses de reserva de
denominación, tiene nueva entrada en estas oficinas una solicitud de certificación de
dicha denominación, ésta se somete a la calificación del Registrador Mercantil Central,
de acuerdo con lo previsto en el art. 411 RRM.
Dicha calificación se efectúa de acuerdo con los datos obrantes en este Registro en
el momento de presentación de la nueva solicitud, y los criterios vigentes contemplados
en el vigente Reglamento del Registro Mercantil y en la Orden Ministerial de 30/12/91
sobre el Registro Mercantil Central, no siendo preceptivo tener en consideración
anteriores reservas que existieran de dicha denominación.
Existe la denominación “Soluciones Sostenibles SL” y “3R3 Soluciones Sostenibles
SL” –entre otras–, que presenta identidad con la denominación por Ud. solicitada, de
acuerdo con lo establecido en el art. 408.1 RRM (notoria similitud fonética).
Se sugiere que presenten nueva solicitud, consistente en la adición a la
denominación solicitada, de un término diferenciador entre denominaciones, que no se
encuentre incluido en la relación de términos genéricos que pueden consultar en
www.rmc.es -denominaciones- información denominaciones. Eviten también añadir
exclusivamente provincias, municipios o números».