III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-20144)
Resolución de 25 de julio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación extendida por la registradora de la propiedad de Úbeda n.º 2, por la que se suspende la inscripción de un mandamiento expedido en sede de procedimiento ordinario por el que se ordena la cancelación de las inscripciones contradictorias en relación a una finca registral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Miércoles 27 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 130536

En consecuencia, cuando los derechos que consten inscritos carezcan de contacto
posesorio, es decir, derechos reales que no lleven aneja la facultad de inmediato disfrute
de la cosa o derecho sobre el cual se han constituido como es el caso de la hipoteca,
estos derechos no quedarán extinguidos por el hecho de que la cosa sobre la que
recaen haya sido adquirida por prescripción como libre. A los titulares de estos derechos,
adquiridos a título oneroso y de buena fe, no les afecta nunca la prescripción adquisitiva
o en curso fuera del Registro, cualquiera que sea su naturaleza ordinaria o
extraordinaria.
Por lo que este último defecto debe igualmente decaer.
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado estimar el recurso y revocar la
nota de calificación de la registradora.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2023-20144
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de julio de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X