III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Marina mercante. Títulos profesionales. (BOE-A-2023-20158)
Resolución de 21 de julio de 2023, de la Dirección General de la Marina Mercante, sobre obtención de la tarjeta profesional de Oficial Electrotécnico de la Marina Mercante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Miércoles 27 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 130588

gracia para la obtención de la tarjeta de oficial electrotécnico de la marina mercante por
el cauce alternativo al regulado en el real decreto para este título.
Este nuevo Real Decreto recoge en su disposición transitoria tercera que aquellos
tripulantes que antes del 21 de septiembre de 2016 hayan comenzado a ejercer
funciones propias del oficial electrotécnico podrán seguir ejerciendo esas funciones a
bordo, debiendo para ello solicitar la expedición de la tarjeta profesional de Oficial
Electrotécnico de la Marina Mercante, en los dos años siguientes la entrada en vigor del
Real decreto si se cumplen los requisitos establecidos mediante resolución del Director
General de la Marina Mercante, en aplicación de lo previsto en la regla III/6 del anexo al
Convenio STCW.
Se hace necesario por tanto elaborar una nueva resolución que cubra lo recogido en
la disposición transitoria tercera del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril.
Considerando todo lo anterior se aprueba esta nueva resolución que contiene el
procedimiento y los requisitos en concordancia con el procedimiento de expedición de
las tarjetas profesionales está regulado en la Orden de 21 de junio de 2001 sobre
tarjetas profesionales de la marina mercante.
La presente resolución se ampara en la atribución de la Dirección General de la
Marina Mercante para la expedición de las tarjetas profesionales de la marina mercante
según el artículo 59 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, y que su disposición final
séptima faculta al Director General de la Marina Mercante a dictar las resoluciones que
puedan resultar necesarias para la ejecución y cumplimiento de ese real decreto.
Por todo ello, esta Dirección General resuelve:
Primero. Objeto.
Es objeto de esta resolución:
a) Establecer los requisitos que han de satisfacer los interesados para la obtención
de la tarjeta profesional de oficial electrotécnico por la gente de mar que hayan estado
realizando funciones de oficial electrotécnico a bordo de buques mercantes mediante la
aplicación del párrafo 4 de la regla III/6 del Convenio STCW y del anexo I de la Directiva
(UE) 2022/993 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2022, relativa al
nivel mínimo de formación en las profesiones marítimas durante el plazo determinado.
b) Delimitar qué es un puesto pertinente abordo, desde el punto de vista de la
realización de las funciones de oficial electrotécnico, a los efectos de esta resolución.
c) Establecer las condiciones para la satisfacción de las normas de competencia de
la sección A-III/6 del Código.
d) Indicar los centros de formación marítima homologados que han impartido el
curso de formación complementaria.
e) Establecer el procedimiento a seguir para los trámites de expedición,
revalidación y renovación de las tarjetas profesionales de Oficial Electrotécnico conforme
a esta resolución.

Durante el plazo de vigencia de esta resolución, para obtener la tarjeta profesional de
oficial electrotécnico de la marina mercante, se tendrá que cumplir los requisitos
expuestos en el artículo 21 del Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, o bien cumplir las
siguientes condiciones:
1. Haber cumplido 18 años de edad.
2. Haber prestado servicio en un puesto pertinente durante 12 meses siendo el
primer embarque anterior al 21 de septiembre de 2016.
3. Satisfacer las normas de competencia que se establecen en la sección A-III/6 del
Código de Formación del anexo del Convenio Internacional de normas de formación,
titulación y guardia para la gente de mar.

cve: BOE-A-2023-20158
Verificable en https://www.boe.es

Segundo. Requisitos que han de satisfacer los interesados para la obtención de la
tarjeta profesional de Oficial Electrotécnico.