I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Moneda metálica. Acuñación. (BOE-A-2023-20113)
Orden ETD/1066/2023, de 22 de septiembre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 40 euro "Mayoría de edad de Su Alteza Real la Princesa de Asturias".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. I. Pág. 130054
acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 40 euro «V Centenario
de la Vuelta al Mundo».
Con motivo del decimoctavo aniversario del nacimiento de Su Alteza Real la Princesa
de Asturias, Doña Leonor de Borbón y Ortiz, que se celebrará el 31 de octubre de 2023,
se emite una moneda de colección de 40 euro.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Acuerdo de emisión.
Se acuerda, para el año 2023, la emisión, acuñación y puesta en circulación de
monedas de colección de 40 euro «Mayoría de edad de Su Alteza Real la Princesa de
Asturias».
Artículo 2.
Características de las piezas.
Moneda de 40 euro de valor facial.
Composición: Plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre.
Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 925 milésimas de plata.
Peso: 18 g con una tolerancia en más o en menos de 0,18 g.
Diámetro: 33 mm.
Forma: Circular con canto liso.
Leyendas y motivos:
En el anverso se reproduce la efigie de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, Doña
Leonor de Borbón y Ortiz. En la parte superior, en sentido circular y en mayúsculas, la
leyenda FELIPE VI REY DE ESPAÑA y el año de acuñación 2023, separados por un
guion; en la parte inferior de la pieza, en sentido circular y en mayúsculas, figura la
leyenda PRINCESA LEONOR. Ambos textos aparecen separados por una interpretación
de la Cruz de la Victoria. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso se reproduce en colores el Escudo de Armas de Su Alteza Real la
Princesa de Asturias. A su derecha, en dos líneas y en mayúsculas, el valor facial,
40 EURO, y dentro de un círculo, en forma de imagen latente cuádruple, aparecen una
esquematizada Cruz de la Victoria, la marca de Ceca, una corona real y el número 23. En
la parte inferior de la pieza figura la marca de Ceca. Rodeando la zona central, en sentido
circular descendente y en mayúsculas, figura la leyenda 18 ANIVERSARIO S.A.R. LA
PRINCESA DE ASTURIAS. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
Artículo 3. Número máximo de piezas.
El número máximo de piezas que se acuñen será de 1.000.000.
Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda,
Entidad Pública Empresarial, Medio Propio a destinar a los fondos numismáticos del
Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco monedas de las acuñadas en virtud de
la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su
fabricación que, por las características de la emisión, revistan interés numismático o
museológico.
La fecha inicial de emisión de las monedas tendrá lugar durante el cuarto trimestre
del año 2023.
Artículo 5. Acuñación y puesta en circulación.
Las monedas serán acuñadas por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio,
que las entregará al Banco de España. Una vez realizada esta entrega, las monedas
cve: BOE-A-2023-20113
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4. Fecha inicial de emisión.
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. I. Pág. 130054
acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 40 euro «V Centenario
de la Vuelta al Mundo».
Con motivo del decimoctavo aniversario del nacimiento de Su Alteza Real la Princesa
de Asturias, Doña Leonor de Borbón y Ortiz, que se celebrará el 31 de octubre de 2023,
se emite una moneda de colección de 40 euro.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1. Acuerdo de emisión.
Se acuerda, para el año 2023, la emisión, acuñación y puesta en circulación de
monedas de colección de 40 euro «Mayoría de edad de Su Alteza Real la Princesa de
Asturias».
Artículo 2.
Características de las piezas.
Moneda de 40 euro de valor facial.
Composición: Plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre.
Tolerancia en ley: Contenido mínimo de 925 milésimas de plata.
Peso: 18 g con una tolerancia en más o en menos de 0,18 g.
Diámetro: 33 mm.
Forma: Circular con canto liso.
Leyendas y motivos:
En el anverso se reproduce la efigie de Su Alteza Real la Princesa de Asturias, Doña
Leonor de Borbón y Ortiz. En la parte superior, en sentido circular y en mayúsculas, la
leyenda FELIPE VI REY DE ESPAÑA y el año de acuñación 2023, separados por un
guion; en la parte inferior de la pieza, en sentido circular y en mayúsculas, figura la
leyenda PRINCESA LEONOR. Ambos textos aparecen separados por una interpretación
de la Cruz de la Victoria. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso se reproduce en colores el Escudo de Armas de Su Alteza Real la
Princesa de Asturias. A su derecha, en dos líneas y en mayúsculas, el valor facial,
40 EURO, y dentro de un círculo, en forma de imagen latente cuádruple, aparecen una
esquematizada Cruz de la Victoria, la marca de Ceca, una corona real y el número 23. En
la parte inferior de la pieza figura la marca de Ceca. Rodeando la zona central, en sentido
circular descendente y en mayúsculas, figura la leyenda 18 ANIVERSARIO S.A.R. LA
PRINCESA DE ASTURIAS. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
Artículo 3. Número máximo de piezas.
El número máximo de piezas que se acuñen será de 1.000.000.
Se autoriza a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda,
Entidad Pública Empresarial, Medio Propio a destinar a los fondos numismáticos del
Museo de esta entidad hasta un máximo de cinco monedas de las acuñadas en virtud de
la presente orden ministerial y, en su caso, aquellos elementos industriales de su
fabricación que, por las características de la emisión, revistan interés numismático o
museológico.
La fecha inicial de emisión de las monedas tendrá lugar durante el cuarto trimestre
del año 2023.
Artículo 5. Acuñación y puesta en circulación.
Las monedas serán acuñadas por cuenta del Estado en la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio,
que las entregará al Banco de España. Una vez realizada esta entrega, las monedas
cve: BOE-A-2023-20113
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 4. Fecha inicial de emisión.