V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-27813)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 30 de agosto de 2023, del tramo de costa de unos cuatro mil quinientos ochenta y cinco (4.585) metros de longitud, comprendido desde la playa de el Dedo hasta el límite con el T.M de Rincón de la Victoria (Málaga). Refª. DES01/07/29/0019-DES10/01.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 45630
nulidad de las citadas resoluciones por no ser conformes a derecho."
En su Fundamento Tercero la Sentencia indicaba:
"TERCERO: La aplicación de la Jurisprudencia que se acaba de exponer al
presente supuesto, nos lleva a estimar la excepción de caducidad del
procedimiento de deslinde al no haberse cumplido, en la ampliación del plazo
acordado a tenor del art. 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los
requisitos y exigencias previstos en dicho precepto, como se razonará a
continuación, en contra de lo alegado por el Abogado del Estado de que la
motivación de la resolución de 18 de mayo de 2009 cumple con creces dichos
requisitos"
En cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional y por Orden
Ministerial de 2 de marzo de 2016 se declaró nula la Orden Ministerial de 24 de
junio de 2010.
En la Orden Ministerial de 2 de marzo del 2016 se ordenó a la Demarcación de
Costas de Andalucía-Mediterráneo en Málaga el inicio de oficio del expediente del
deslinde anulado, conservando los actos y trámites efectuados desde el inicio
hasta la remisión a la entonces Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y
del Mar del proyecto de deslinde inclusive, remitiendo a esta Dirección General
informe para la incoación, junto con la relación de interesados actualizada. Los
documentos que obran en este expediente con referencia DES01-07-29-0019
obran en la Demarcación de Costas y en los servicios centrales para cualquier
interesado que desee consultarlos.
III) Con fecha 13 de julio de 2021 la Demarcación de Costas remite informe en
el que se justifica la línea de dominio público marítimo terrestre propuesta,
coincidiendo prácticamente la delimitación propuesta con la detallada en el
proyecto conservado, salvo en ciertos puntos en lo que para su adaptación y
actualización a los preceptos de la Ley 2/2013 ha sido necesario desplazar
ligeramente en algunos puntos la línea de dominio público marítimo terrestre para
englobar todos los bienes que se caracterizan por los artículos 3, 4 y 5 de la Ley de
Costas de 1988 sin que haya supuesto en ningún caso una modificación sustancial
de la delimitación contenida en el proyecto conservado.
IV) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
23 de septiembre de 2021, el 28 de septiembre de 2021 la Demarcación de Costas
de Andalucía-Mediterráneo incoó el expediente de deslinde de referencia.
Entre los actos y tramites que se conservan en este expediente según la Orden
ministerial de 2 de marzo de 2016, figuran entre otros los siguientes:
a) El proyecto suscrito en junio de 2008, así como su adenda suscrita en junio
de 2010 y los planos incluidos en la adenda, suscritos en mayo de 2010.
b) El acto de apeo que se celebró el 27 de septiembre de 2007.
V) La Demarcación de Costas había obtenido, con fecha 22 de junio de 2021,
en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro los planos catastrales
y certificaciones descriptivas y gráficas de las fincas incluidas en el dominio público
marítimo-terrestre y las colindantes, según la delimitación provisional, e identificó a
los titulares catastrales.
cve: BOE-B-2023-27813
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231
Miércoles 27 de septiembre de 2023
Sec. V-B. Pág. 45630
nulidad de las citadas resoluciones por no ser conformes a derecho."
En su Fundamento Tercero la Sentencia indicaba:
"TERCERO: La aplicación de la Jurisprudencia que se acaba de exponer al
presente supuesto, nos lleva a estimar la excepción de caducidad del
procedimiento de deslinde al no haberse cumplido, en la ampliación del plazo
acordado a tenor del art. 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los
requisitos y exigencias previstos en dicho precepto, como se razonará a
continuación, en contra de lo alegado por el Abogado del Estado de que la
motivación de la resolución de 18 de mayo de 2009 cumple con creces dichos
requisitos"
En cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional y por Orden
Ministerial de 2 de marzo de 2016 se declaró nula la Orden Ministerial de 24 de
junio de 2010.
En la Orden Ministerial de 2 de marzo del 2016 se ordenó a la Demarcación de
Costas de Andalucía-Mediterráneo en Málaga el inicio de oficio del expediente del
deslinde anulado, conservando los actos y trámites efectuados desde el inicio
hasta la remisión a la entonces Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y
del Mar del proyecto de deslinde inclusive, remitiendo a esta Dirección General
informe para la incoación, junto con la relación de interesados actualizada. Los
documentos que obran en este expediente con referencia DES01-07-29-0019
obran en la Demarcación de Costas y en los servicios centrales para cualquier
interesado que desee consultarlos.
III) Con fecha 13 de julio de 2021 la Demarcación de Costas remite informe en
el que se justifica la línea de dominio público marítimo terrestre propuesta,
coincidiendo prácticamente la delimitación propuesta con la detallada en el
proyecto conservado, salvo en ciertos puntos en lo que para su adaptación y
actualización a los preceptos de la Ley 2/2013 ha sido necesario desplazar
ligeramente en algunos puntos la línea de dominio público marítimo terrestre para
englobar todos los bienes que se caracterizan por los artículos 3, 4 y 5 de la Ley de
Costas de 1988 sin que haya supuesto en ningún caso una modificación sustancial
de la delimitación contenida en el proyecto conservado.
IV) Previa autorización de la Dirección General de la Costa y el Mar, de fecha
23 de septiembre de 2021, el 28 de septiembre de 2021 la Demarcación de Costas
de Andalucía-Mediterráneo incoó el expediente de deslinde de referencia.
Entre los actos y tramites que se conservan en este expediente según la Orden
ministerial de 2 de marzo de 2016, figuran entre otros los siguientes:
a) El proyecto suscrito en junio de 2008, así como su adenda suscrita en junio
de 2010 y los planos incluidos en la adenda, suscritos en mayo de 2010.
b) El acto de apeo que se celebró el 27 de septiembre de 2007.
V) La Demarcación de Costas había obtenido, con fecha 22 de junio de 2021,
en la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro los planos catastrales
y certificaciones descriptivas y gráficas de las fincas incluidas en el dominio público
marítimo-terrestre y las colindantes, según la delimitación provisional, e identificó a
los titulares catastrales.
cve: BOE-B-2023-27813
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 231