V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-27813)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de deslinde aprobado por la O.M. de 30 de agosto de 2023, del tramo de costa de unos cuatro mil quinientos ochenta y cinco (4.585) metros de longitud, comprendido desde la playa de el Dedo hasta el límite con el T.M de Rincón de la Victoria (Málaga). Refª. DES01/07/29/0019-DES10/01.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 231

Miércoles 27 de septiembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 45629

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

27813

Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento
de deslinde aprobado por la O.M. de 30 de agosto de 2023, del tramo
de costa de unos cuatro mil quinientos ochenta y cinco (4.585) metros
de longitud, comprendido desde la playa de el Dedo hasta el límite con
el T.M de Rincón de la Victoria (Málaga). Refª. DES01/07/29/0019DES10/01.

En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento
General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se
procede a publicar la Orden Ministerial especificada:
"RESOLUCIÓN
Visto el expediente instruido por la Demarcación de Costas de AndalucíaMediterráneo en Málaga relativo al deslinde de los bienes de dominio público
marítimo-terrestre del tramo de costa de unos cuatro mil quinientos ochenta y cinco
(4.585) metros de longitud, comprendido desde la playa del Dedo hasta el límite
con el término municipal de Rincón de la Victoria, en el término municipal de
Málaga.
ANTECEDENTES:
I) Previa autorización de la entonces Dirección General de Costas, el 7 de junio
de 2007, la Demarcación de Costas de Andalucía-Mediterráneo incoó el
expediente de deslinde de referencia DES01-07-29-0019 al apreciar que los
deslinde aprobados por Orden Ministerial de 12 de enero de 1957, 9 de agosto de
1958, 5 de junio de 1959, 6 de julio de 1959, 19 de diciembre de 1966 y 8 de abril
de 1968, no incluían todos los bienes definidos en la vigente Ley de Costas como
dominio público marítimo-terrestre.
Una vez tramitado, por O.M. de 24 de junio de 2010 se aprobó el deslinde.
II) Por Sentencia de la Audiencia Nacional de 25 de septiembre de 2015, se
estima el recurso contencioso-administrativo 102/14 interpuesto por la
representación de la familia Palomo Sánchez, contra la resolución de 30 de enero
de 2014 del Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura, Alimentación
y Medio Ambiente, dictada por delegación del Ministro, que confirma en reposición
la Orden Ministerial de 24 de junio de 2010, por la que se aprueba el deslinde,
anulándola.

"Que procede estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el
Procurador de los Tribunales don Antonio Ortega Fuentes, en nombre y
representación FAMILIA PALOMO SÁNCHEZ, SC, contra la resolución de 30 de
enero de 2014 del Secretario General Técnico del Ministerio de Agricultura,
Alimentación y Medio Ambiente, dictada por delegación del Ministro, que confirma
en reposición la Orden Ministerial de 24 de junio de 2010, por la que se aprueba el
deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de
unos cuatro mil quinientos (4.500) metros de longitud, que comprende desde la
playa del Dedo hasta el límite con el término municipal de Málaga, declarando la

cve: BOE-B-2023-27813
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La sentencia de la Audiencia Nacional, en su parte dispositiva, disponía lo
siguiente: