III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Sistema de acogida de protección internacional. (BOE-A-2023-20109)
Resolución de 21 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal, por la que se modifican la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación de prestaciones, actuaciones o servicios estructurales del sistema de acogida en materia de protección internacional para su gestión mediante acción concertada; y la de 8 de noviembre de 2022, por la que se establece la planificación extraordinaria de prestaciones, actuaciones o servicios del sistema de acogida en materia de protección internacional para atender mediante acción concertada las necesidades derivadas del desplazamiento de personas como consecuencia de la guerra en Ucrania.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130007
de valoración inicial y derivación, dado que es plausible que haya un repunte en
las llegadas en función del desarrollo de la guerra.
● La fase de valoración inicial y derivación tiene una duración general de un
mes, aunque ampliable en supuestos excepcionales, según el artículo 17 del
Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección
internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo. Como
consecuencia de la llegada de personas procedentes del conflicto en Ucrania, se
ha producido la entrada masiva en el sistema de acogida de personas
destinatarias, provocando, de manera excepcional, el retraso en el paso a la
siguiente fase del itinerario, la de autonomía. Por tanto, es necesario que en este
periodo se consolide parte del crecimiento en el número de plazas de la fase de
valoración inicial y derivación para absorber el impacto de estos retrasos en el
paso de fase.
– Fase de acogida:
El número de plazas en el año 2023 es el siguiente:
2023
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2023
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Agos
Sept
Oct
Nov
Dic
17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500
En el año 2024, el número de plazas previsto es el siguiente:
2024
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2024
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103
En el año 2025, el número de plazas previsto es el siguiente:
2025
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2025
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500
En el año 2026, el número de plazas previsto es el siguiente:
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2026
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.329
● A fecha de esta resolución, el número de plazas disponibles en la fase de
acogida es de 18.858. La cifra propuesta en la planificación es coherente con la
realidad actual de las plazas en esta fase y con la evolución previsible de las
personas en función del itinerario de acogida.
● Según la información reportada por el Ministerio de Interior, en 2022 el
número de solicitudes de protección internacional al mes es de unas 9.000,
aunque de hecho no todas estas personas soliciten acceder al sistema de
acogida. En los últimos cuatro años, la ratio de solicitantes de protección
internacional que han solicitado acceder al sistema es de un 25 %. Según el
artículo 20.1 del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en
cve: BOE-A-2023-20109
Verificable en https://www.boe.es
2026
Núm. 230
Martes 26 de septiembre de 2023
Sec. III. Pág. 130007
de valoración inicial y derivación, dado que es plausible que haya un repunte en
las llegadas en función del desarrollo de la guerra.
● La fase de valoración inicial y derivación tiene una duración general de un
mes, aunque ampliable en supuestos excepcionales, según el artículo 17 del
Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección
internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo. Como
consecuencia de la llegada de personas procedentes del conflicto en Ucrania, se
ha producido la entrada masiva en el sistema de acogida de personas
destinatarias, provocando, de manera excepcional, el retraso en el paso a la
siguiente fase del itinerario, la de autonomía. Por tanto, es necesario que en este
periodo se consolide parte del crecimiento en el número de plazas de la fase de
valoración inicial y derivación para absorber el impacto de estos retrasos en el
paso de fase.
– Fase de acogida:
El número de plazas en el año 2023 es el siguiente:
2023
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2023
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Agos
Sept
Oct
Nov
Dic
17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500
En el año 2024, el número de plazas previsto es el siguiente:
2024
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2024
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103 18.103
En el año 2025, el número de plazas previsto es el siguiente:
2025
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2025
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500 17.500
En el año 2026, el número de plazas previsto es el siguiente:
Fase acogida.
Plazas o personas/mes 2026
Ene
Feb
Marz
Abr
May
Jun
Jul
Ago
Sept
Oct
Nov
Dic
24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.330 24.329
● A fecha de esta resolución, el número de plazas disponibles en la fase de
acogida es de 18.858. La cifra propuesta en la planificación es coherente con la
realidad actual de las plazas en esta fase y con la evolución previsible de las
personas en función del itinerario de acogida.
● Según la información reportada por el Ministerio de Interior, en 2022 el
número de solicitudes de protección internacional al mes es de unas 9.000,
aunque de hecho no todas estas personas soliciten acceder al sistema de
acogida. En los últimos cuatro años, la ratio de solicitantes de protección
internacional que han solicitado acceder al sistema es de un 25 %. Según el
artículo 20.1 del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en
cve: BOE-A-2023-20109
Verificable en https://www.boe.es
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