II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-20086)
Resolución de 18 de septiembre de 2023, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Martes 26 de septiembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 129883

Suplentes:
Presidente: Francisco Javier Doñágueda Becerril.
Vocal: María Ascensión Bartolomé Aylón.
Vocal: María Luisa Sánchez Lasmarías.
Vocal: Fernando Palacios Puras.
Vocal: María José Calderón Gómez.
Secretario, que actuará con voz, pero sin voto: Luis Andrés Gil.

7.

Procedimiento de selección

7.1 Una vez publicadas las litas definitivas de personas admitidas y excluidas, el
Tribunal hará público el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de
oposición que tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta
convocatoria en el BOE.
Siempre que el número de aspirantes así lo aconseje las pruebas selectivas se
descentralizarán en los campus de Huesca, Teruel y Zaragoza. Para ello, las personas

cve: BOE-A-2023-20086
Verificable en https://www.boe.es

6.2 Las personas que componen dicho tribunal deberán abstenerse de intervenir si
concurre en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen
realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años
anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Todos los miembros titulares deberán cumplimentar la declaración de ausencia de
conflicto (DACI) recogida en el anexo I, del Protocolo de actuación frente a conflictos de
intereses detectados de la Universidad de Zaragoza de 5 de abril de 2022.
A los efectos anteriores, la persona que ejerce la Presidencia del Tribunal podrá solicitar a
sus componentes declaración expresa de no hallarse incursos en alguna de estas
circunstancias. En todo caso, las personas candidatas podrán recusar a cualquier
componente del Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada ley.
6.3 Previa convocatoria de la persona que ejerce la Presidencia del Tribunal, se
constituirá el Tribunal a partir del día siguiente a la publicación de la relación definitiva de
las personas candidatas admitidas y excluidas. A partir de su constitución y para actuar
válidamente requerirá la asistencia de quien ejerza la Presidencia y la mitad al menos de
sus miembros, titulares o suplentes, adoptando en dicha sesión las decisiones que
considere pertinentes para el desarrollo de las pruebas selectivas.
6.4 Es competencia del Tribunal la resolución de todas las cuestiones que puedan
suscitarse durante el desarrollo del proceso selectivo.
6.5 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de personal asesor
especialista, limitándose dicho personal a prestar su colaboración en sus especialidades
técnicas. Su designación corresponde al Rector, a propuesta del Tribunal.
Igualmente podrá designar personal colaborador en número suficiente para
garantizar el correcto y normal desarrollo de las pruebas, cuando el número de
aspirantes así lo aconseje.
En ambos casos, el personal deberá ser empleado o empleada público con
vinculación de carácter permanente.
6.6 A los solos efectos de recepción de comunicaciones e incidencias, el Tribunal
tendrá su sede en la Sección de Selección y Formación, del Servicio de Personal de
Administración y Servicios y Nóminas (advotribunal23@unizar.es).
6.7 El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario
de carrera de un número de aprobados superior al de plazas convocadas, sin perjuicio
de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del EBEP.
6.8 De acuerdo con lo regulado en el artículo 30 y en el anexo IV del Real
Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre Indemnizaciones por razón del servicio, el
Tribunal tendrá la categoría segunda.