III. Otras disposiciones. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Términos municipales. (BOE-A-2023-20112)
Decreto Foral 62/2023, de 2 de agosto, por el que se resuelve el expediente de alteración de los términos municipales de Galar y Pamplona/Iruña, en los ámbitos de Donapea y el Garitón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Martes 26 de septiembre de 2023

Sec. III. Pág. 130042

Habida cuenta de que el expediente se ha instruido de conformidad con el
procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la
Administración Local de Navarra, y que se cumplen los requisitos previstos en los
artículos 13, 15, 16 y 18 del mismo texto legal, persiguiendo, asimismo, las finalidades a
que hace referencia el artículo 13.2.b) y c), por cuanto se adaptan los términos
municipales a las realidades físicas y urbanísticas previstas y se incrementa la capacidad
de gestión de las entidades locales afectadas, resulta procedente la resolución del
expediente por la Administración de la Comunidad Foral, accediendo a la alteración de
los términos municipales que se propone, en los términos descritos en la documentación
técnica, y que se concreta en la definición geométrica que figura en el artículo 1 de este
decreto foral.
Completan el expediente el informe favorable emitido por la Comisión de Delimitación
Territorial en la sesión celebrada el día 17 de mayo de 2023, y el dictamen favorable
emitido por el Consejo de Navarra con fecha 21 de julio de 2023.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial, de acuerdo con el
dictamen del Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el
Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 2 de agosto de 2023, decreto:
Artículo 1.
Se aprueba la alteración de los términos municipales de Galar y Pamplona/Iruña en
los ámbitos de Donapea y el Garitón, cuya línea límite quedará trazada en el tramo
alterado tal como se refleja en la Memoria técnica que obra en el expediente, y que se
concreta en las siguientes coordenadas en el sistema de referencia ETRS89, UTM-30N:
Coordenadas ETRS89 UTM 30N de los nodos de la línea

P01

609403,92

4739097,50

P02

609409,38

4739098,09

P03

609422,21

4739112,93

P04

609440,33

4739106,75

P05

609442,18

4739106,11

P06

609445,34

4739105,03

P07

609455,74

4739101,77

P08

609456,10

4739101,62

P09

609484,90

4739081,77

P10

609551,73

4739037,61

P11

609567,67

4739027,51

P12

609630,22

4738989,47

P13

609647,63

4738979,24

P14

609686,24

4738958,51

P15

609700,60

4738951,08

P16

609716,23

4738943,65

P17

609737,98

4738933,75

P18

609774,55

4738916,84

P19

609821,31

4738895,98

cve: BOE-A-2023-20112
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