III. Otras disposiciones. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Términos municipales. (BOE-A-2023-20112)
Decreto Foral 62/2023, de 2 de agosto, por el que se resuelve el expediente de alteración de los términos municipales de Galar y Pamplona/Iruña, en los ámbitos de Donapea y el Garitón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 230

Martes 26 de septiembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Decreto Foral 62/2023, de 2 de agosto, por el que se resuelve el expediente
de alteración de los términos municipales de Galar y Pamplona/Iruña, en los
ámbitos de Donapea y el Garitón.

Esta alteración tiene su origen en los acuerdos por los que se aprobó el ejercicio de
la iniciativa para la alteración de términos municipales, adoptados por los Plenos de los
Ayuntamientos de Galar y Pamplona/Iruña, en sesiones de 19 de mayo de 2022 y 5 de
mayo de 2022, respectivamente, tal y como se establece en el artículo 17 de la Ley
Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, para los supuestos
establecidos en el artículo 15.1 de la misma, a la vista de las importantes superficies que
se verían afectadas por el procedimiento y atendiendo a los objetivos perseguidos en sus
artículos 13.2.b) y c).
En este contexto, se acordó, a su vez, la aprobación del convenio interadministrativo
de colaboración entre el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña y el Ayuntamiento de la
Cendea de Galar, suscrito por ambos el 15 de junio de 2022.
Ejercida la iniciativa, el procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad
Foral incluye la información pública del expediente por plazo no inferior a dos meses, la
audiencia por igual período a los ayuntamientos y concejos afectados, y el dictamen del
Consejo de Navarra, dando conocimiento a la Administración del Estado. La resolución
de la alteración corresponde al Gobierno de Navarra.
En consecuencia, la Dirección General de Administración Local y Despoblación,
mediante Resolución 4/2023, de 12 de enero, inició la tramitación de un expediente para
la alteración de los términos municipales de Galar y Pamplona/Iruña en los ámbitos
referidos, a tenor de lo establecido en el artículo 15.1.c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de
julio, de la Administración Local de Navarra. La documentación técnica presentada ha
sido elaborada por el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña y aprobada en Pleno por las
entidades locales afectadas con fecha 16 de diciembre de 2022, en el caso de Galar, y 1
de diciembre de 2022, en el caso de Pamplona/Iruña, atendiendo a los requerimientos
realizados por la Dirección General de Administración Local y Despoblación, con
fechas 8 de septiembre de 2022, 25 de octubre de 2022 y 10 de noviembre de 2022. Así
mismo, en las sesiones plenarias señaladas se aprobaron los planos definitivos, que
modifican los inicialmente propuestos en el convenio interadministrativo de colaboración.
De conformidad con el artículo 14.1 del Reglamento de Población y Demarcación
Territorial de Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio,
consta en el expediente la planimetría del territorio que es objeto de alteración con el
señalamiento de los nuevos límites, así como el resto de la documentación exigida en el
mismo, y los fundamentos que justifican la alteración que se propone en los dos términos
municipales, conforme a lo establecido en el artículo 13.2.b) y c) de la Ley Foral de la
Administración Local de Navarra, que justifica la alteración de términos municipales en
base al incremento de la capacidad de gestión de las entidades y a la mejora necesaria
en la adaptación de los términos municipales a la realidad, en este caso física, así como
urbanística prevista, de la zona.
Durante el trámite de información pública, abierto el 30 de enero de 2023 con la
publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» de la Resolución 4/2023, se han recibido
dos alegaciones al expediente, ambas con entrada en el Registro Electrónico Oficial con
fecha 30 de marzo de 2023, resueltas por la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento
de Pamplona/Iruña mediante un informe, de 3 de mayo de 2023, posteriormente avalado
por otro informe técnico del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las
Entidades Locales, de 10 de mayo de 2023, que propone la desestimación de éstas.

cve: BOE-A-2023-20112
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